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Preguntas Frecuentes SED
  • A - SOY NUEVO EN EL SED

     

    Para poder acceder al Sistema de Expediente Digital (SED), debe primero crear su usuario en el Sistema.

    Previo a realizar esta acción deberá tener preparada una foto (la cual será utilizada como su foto de perfil), y dos archivos pdf, uno con su DNI y otro con su Carnet de Matriculado, que el sistema le solicitará al registrarse como usuario.

    Para crear su usuario, debe acceder al SED, ingresando a la página Web del Poder Judicial de Salta (www.justiciasalta.gov.ar), y allí, buscar en “Servicios para Abogados” el ícono “SED – Expediente Digital Fuero Civil”.

    Al ingresar a esta página, encontrará el ícono de acceso al sistema propiamente dicho, además de las Acordadas reglamentarias, Manuales y listado de Preguntas Frecuentes. Haciendo click en “Expediente Digital Fuero Civil” entrará al SED.

    En el margen superior derecho encontrará un menú desplegable, indicado como un círculo con un hombrecito dentro, que permite ingresar al sistema como usuario registrado (con nombre de usuario y contraseña) o registrarse como nuevo usuario. Hacer click sobre la opción “Crear Cuenta”.

    En el paso siguiente, se deben completar todos los campos, adjuntar las copias del DNI y Credencial de la matrícula habilitante y aceptar.

    IMPORTANTE: Si el usuario no es abogado (perito, síndico, martillero, arquitecto, geólogo, etc), en el campo “Matrícula”, deberá ingresar el domicilio electrónico otorgado por el Área de Tareas Generales del Poder Judicial que contiene el número de matrícula, pero posee otros dígitos antes del mismo.

    Luego de ello, recibirá un correo electrónico en la cuenta indicada por el usuario indicándole que su usuario fue creado en el Sistema y, luego de que el Colegio de Abogados (para los abogados), o el Área de Tareas Generales del Poder Judicial (para peritos, síndicos, martilleros y otros profesionales) hayan verificado su identidad, recibirá un segundo mail con una contraseña provisoria para el primer ingreso al Sistema.

    La primera vez que acceda al SED, el Sistema le solicitará cambiar su contraseña.

     

    Al ingresar al sistema, en pantalla principal se muestran todas las causas a las que el usuario está vinculado. Se podrá visualizar que, a la izquierda, debajo de la barra de título, el sistema muestra en rojo la leyenda “Mis Causas”, y debajo de esta leyenda, el listado de expedientes.

    IMPORTANTE: Si el sistema no muestra ninguna de sus causas, su usuario no debe estar asociado en el Sistema de Gestión de Expedientes, probablemente porque el CUIL del usuario no fue comunicado al Poder Judicial antes de la puesta en marcha del SED, o porque al habilitar su usuario no se realizó la vinculación correspondiente con los mismos. En este caso, debe comunicarse con la Mesa de Ayuda del Poder Judicial (tel 4258000 int 3228, 3242) para solicitar la vinculación de su usuario con sus expedientes. Tenga en cuenta que, si su usuario no está correctamente vinculado, no podrá ver las actuaciones de los Expedientes, ni la Lista Diaria, ni ver las Notificaciones ni Cédulas que se le envíen.

     
  • A - FUNCIONALIDAD GENERAL DEL SED

    A partir del 17 de noviembre del año 2020, el SED está habilitado para trabajar con expedientes del Fuero Civil del Distrito Judicial Centro (Juzgados de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial, Juzgados de 1ª Instancia en lo Civil de Personas y Familia, Juzgados de Procesos Ejecutivos, Juzgados de Concursos, Quiebras y Sociedades, Juzgado de Minas, Juzgados de Violencia Familiar y de Género, y Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial).
     
    Los expedientes de otros fueros y distritos, continúan gestionándose a través de los canales previamente establecidos.
     
    A través del SED pueden visualizarse:
    • Todas las causas públicas del Fuero Civil del Distrito Judicial Centro y aquellas reservadas, en las cuales el usuario sea parte.
    • Nota: Inicialmente se incorporaron al SED las causas en trámite que hayan tenido algún movimiento en los últimos 5 años. Las causas tipo A, B Y C, así como las archivadas o en archivo provisorio, no se incorporaron, pero podrán incorporarse al SED a pedido de los usuarios.
    A través del SED pueden realizarse las siguientes operaciones:
    1.- Consultas
    • de listas diarias
    • de notificaciones recibidas
    • de expedientes a nota
    • de expedientes (Ver punto A.4)
     
    2.- Presentación de escritos
    Cualquier usuario puede presentar escritos en una causa pública, sea parte o no.
     
    En los expedientes reservados en los que el usuario no es parte, también pueden presentarse escritos si se conoce el número de expediente y el juzgado de radicación. Para ello, debe utilizarse la opción “Presentar en expedientes Reservados” en el menú que se encuentra en el margen superior izquierdo, a la izquierda del logo del Poder Judicial de Salta y que se visualiza con tres rayas horizontales.
     
    3.- Generación de cédulas
    En las causas en las cuales el usuario es parte, se pueden generar cédulas a domicilio físico y a domicilio electrónico.
    Al ingresar al SED, el sistema muestra todas las causas a las que el usuario está vinculado. A la izquierda, debajo de la barra azul de título, se ubica en color rojo la leyenda “Mis Causas”, y debajo de esta leyenda, el listado de expedientes. Si no le aparecen, consulte la pregunta A5 “Al ingresar al sistema, no visualizo ninguna de mis causas”, más adelante.
     
    Cabe resaltar que el listado de causas que se visualiza en esta primera pantalla, está organizado en páginas, inicialmente de 10 expedientes.
     
    Debajo del título “Mis Causas”, se ubica casi al centro de la pantalla la leyenda “Registros por página: 10     --- 1 - 10 de <cantidad de causas>”. Esto indica que le está mostrando las primeras 10 causas de aquellas cargadas en el sistema asociadas a su usuario. Puede avanzar y retroceder entre las páginas utilizando los botones  <  y  > (a la derecha de la leyenda anterior) y modificar la cantidad de causas que se muestran por página, cambiando el número junto a la leyenda “Registros por página”(un máximo de 50 causas por página).
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
     
    • En las causas públicas en las cuales el usuario no es parte, puede consultar únicamente la carátula y juzgado de radicación.
    • En las causas en las cuales el usuario es parte, puede consultar las actuaciones, notificaciones, movimientos, sujetos y expedientes relacionados.
    Al ingresar al SED, el Sistema debe mostrarle todas las causas en las cuales ud. es parte. Si no le muestra ninguna de sus causas, puede deberse a una de las dos siguientes causas:
     
    a.- Que su usuario no esté asociado en el Sistema de Gestión de Expedientes. Antes de iniciar la implementación del SED se solicitó a los respectivos Colegios y Consejos Profesionales que informasen los CUILs de sus matriculados, pero los mismos no fueron informados en su totalidad. Por lo tanto, al momento de crear su usuario, el mismo no fue vinculado con el Sistema de Gestión de Expedientes de los Juzgados.
     
    Para solicitar esta vinculación, comuníquese con la Mesa de Ayuda del SED, donde le solicitarán su CUIL y domicilio electrónico.
     
    b.- Que Ud. no figure cargado en el Sistema de Gestión de Expedientes del Juzgado en las causas que no visualiza. Ver la respuesta a la pregunta siguiente.
     
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
    Esto puede deberse a dos situaciones:
    a.- Usted no fue cargado por el Juzgado como parte interviniente en esas causas y las mismas son reservadas.
     
    b.- Las causas se encuentran en ARCHIVO o ARCHIVO PROVISORIO, por lo que no fueron publicadas en el SED.
     
    Para más detalles, ver más adelante la pregunta B.6 “No encuentro una causa cuando la busco en el SED”
    Esto se debe a que tiene activada en Chrome la traducción automática al español de las páginas que visualiza. En este caso, no visualizará algunos íconos (como la lupita, los botones de menús, etc.).
    Si tiene activada la traducción automática, es posible que también vea mal algunas fechas. Al traducir la página, algunos navegadores invierten el mes y el día en aquellas fechas en las que esto es posible, atento a que hay idiomas en que muestran la fecha en formato mes/día/año, y no día/mes/año como en español. Por ejemplo, la fecha 07/02/2021, puede mostrarse como 02/07/2021. En el caso de una fecha tal como 24/03/2021 no la invertirá porque no existe un mes 24.
    Debe desactivar la traducción automática al español del navegador Chrome. Para esto, consulte en el Manual del Usuario la sección “Configuración de Chrome para que visualice correctamente la pantalla”.
    Si tiene activada la traducción automática, es posible que vea mal algunas fechas. Al traducir la página, algunos navegadores invierten el mes y el día en aquellas fechas en las que esto es posible, atento a que hay idiomas en que muestran la fecha en formato mes/día/año, y no día/mes/año como en español. Por ejemplo, la fecha 07/02/2021, puede mostrarse como 02/07/2021. En el caso de una fecha tal como 24/03/2021 no la invertirá porque no existe un mes 24.
    Debe desactivar la traducción automática al español del navegador Chrome. Para esto, consulte en el Manual del Usuario la sección “Configuración de Chrome para que visualice correctamente la pantalla”.
     
  • B - CONSULTAS EN EL SED

    Se debe acceder, a través del menú ubicado en el margen superior izquierdo de la pantalla (a la izquierda del Logo del Poder Judicial de Salta) el cual se visualiza mediante tres rayas horizontales. Luego, se debe hacer click en la opción “Lista Diaria”.
     
    Al ingresar a esta opción antes de las 14:00 hs, se mostrarán los expedientes publicados en la lista para ese día. Si ingresa luego de las 14:00 hs., se visualizarán los expedientes publicados en lista diaria para los días posteriores.
     
    Si se desea visualizar la lista diaria de un día en particular, es preciso ingresar la fecha en la barra de búsqueda ubicada al centro de la pantalla en la parte superior y presionar la lupa para la búsqueda solicitada.
     
    En la parte superior derecha de la ficha de cada expediente,se muestra la fecha de envío a Lista Diaria del mismo.
     
    En la parte inferior de la ficha de cada expediente, se muestra la actuación enviada a Lista Diaria y la fecha de firma de la misma.
     
    Al abrir cada expediente, se podrá acceder a toda la información del mismo.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    Se debe acceder al menú principal, ubicado en el margen superior izquierdo de la pantalla (a la izquierda del Logo del Poder Judicial de Salta) el cual se visualiza mediante tres rayas horizontales, luego se debe hacer click en las opciones “Notificaciones” – “Listado”.
     
    El sistema mostrará en orden por fecha descendente todos los expedientes en los cuales se ha recibido una notificación, ya sea una notificación electrónica generada por un Juzgado, o una cédula a domicilio electrónico generada por la otra parte.
     
    En la parte inferior de la ficha de cada expediente, se muestra el título de la notificación (a la izquierda) y la fecha de la misma (a la derecha).
     
    Al abrir cada expediente, se podrá acceder a toda la información del mismo.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    Se debe acceder al menú principal ubicado en el margen superior izquierdo de la pantalla (a la izquierda del Logo del Poder Judicial de Salta) el cual se visualiza mediante tres rayas horizontales, luego se debe hacer click en la opción “Nota”.
     
    Al ingresar a esta opción, se muestran los expedientes a nota en el día de la fecha. Si se desean visualizar los expedientes a nota de otras fechas, se debe indicar el rango de fechas en los campos “Presentado desde” y “hasta” y presionar el botón “Filtrar”.
     
    El sistema mostrará en orden por fecha descendente, todos los expedientes que salieron a nota en el rango de fechas requerido.
     
    En la parte inferior de la ficha de cada expediente, se muestra la fecha en que el mismo estuvo a nota.
     
    Al abrir cada expediente, se podrá acceder a toda la información del mismo.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    Se debe acceder al menú principal ubicado en el margen superior izquierdo de la pantalla (a la izquierda del Logo del Poder Judicial de Salta) el cual se visualiza mediante tres rayas horizontales, luego se debe hacer click en las opciones “Escritos” – “Listado”.
     
    El sistema mostrará en orden por fecha descendente, todos los expedientes en los que el usuario presentó escritos.
     
    En la parte inferior de la ficha de cada expediente, se muestra el título del escrito presentado (a la izquierda) y la fecha de presentación (a la derecha). Abajo a la derecha se muestra en color amarillo si el escrito está pendiente de recepción en el Juzgado, o en verde, si ya fue aceptado.
     
    Al abrir cada expediente, se podrá acceder a toda la información del mismo.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    La forma más directa de ubicar una causa es a través de su número, el cual, se debe ingresar (sin /año, solamente el número) en la barra de búsqueda ubicada en la parte superior de la pantalla, y luego hacer click en la lupa.
     
    Tener en cuenta que a través de esta búsqueda, se visualizarán:
    • Todas las causas públicas que coincidan con el número ingresado, sea el usuario parte de ellas o no.
    • Todas las causas públicas que contengan el número ingresado.
     
    Para realizar búsquedas avanzadas de expedientes, consulte el Manual del Usuario.
      
    Esto puede deberse a dos situaciones:
    a.- La Causa está en estado “reservada” y ud. no fue cargado por el Juzgado como parte interviniente en la misma. Si es este el caso, deberá solicitar al Juzgado que lo carguen como parte en la causa, ingresando un escrito mediante la opción “Escritos - Presentar en expediente reservado”, del menú que se encuentra en la esquina superior izquierda de la pantalla, identificado con tres barritas horizontales.
     
    b.- La causa se encuentra en ARCHIVO o ARCHIVO PROVISORIO y no fue publicada en el SED. Al momento de la puesta en marcha del Sistema de Expediente Digital (16/11/2020), se publicaron todos los expedientes que a esa fecha se encontraban en trámite.
     
    En el caso que necesite trabajar con un expediente que se encuentra en ARCHIVO o en ARCHIVO PROVISORIO, debe solicitar al Juzgado su publicación.
     
    Como no es posible presentar escritos a través del SED en expedientes que no se encuentran publicados, para solicitar esto, deberá realizar esta solicitud mediante correo electrónico, apersonándose en el tribunal, o mediante un escrito en papel.
      
    Esto ocurre cuando ud. no fue cargado por el Juzgado como parte interviniente en la misma, o figura cargado, pero “no habilitado” (esta es una situación que carga el Juzgado cuando un profesional, por algún motivo, deja de estar habilitado en una causa por un tiempo).
     
    Si es este el caso, deberá solicitar al Juzgado que lo carguen como parte en la causa. Para ello, puede subir un escrito o apersonarse en el Juzgado.
      
    Tanto los escritos presentados por las partes, como las actuaciones generadas por los Juzgados, pueden recién verse en el SED cuando el Juzgado los publica. Si no los ve, es porque el Juzgado aún no los ha publicado.
     
    Si considera que el Juzgado debería haber publicado alguna actuación que ud. no puede visualizar, comuníquese con el Juzgado para consultar esta situación.
     
    Si tiene activada la traducción automática, es posible que vea mal algunas fechas. Al traducir la página, algunos navegadores invierten el mes y el día en aquellas fechas en las que esto es posible, atento a que hay idiomas en que muestran la fecha en formato mes/día/año, y no día/mes/año como en español. Por ejemplo, la fecha 07/02/2021, puede mostrarse como 02/07/2021. En el caso de una fecha tal como 24/03/2021 no la invertirá porque no existe un mes 24.
    Debe desactivar la traducción automática al español del navegador Chrome. Para esto, consulte en el Manual del Usuario la sección “Configuración de Chrome para que visualice correctamente la pantalla”.  
  • C - NUEVAS DEMANDAS

    Para iniciar una nueva demanda, es preciso acceder, a través del menú ubicado en el margen superior izquierdo de la pantalla, a la izquierda del Logo del Poder Judicial de Salta, el cual se visualiza mediante tres líneas horizontales. A continuación, se debe hacer click en la opción “Demandas”, y luego “Inicio de demanda”.

    Se habilitará entonces una nueva ventana que permite ingresar los datos de la nueva demanda.

    En esta pantalla se podrá:
    - Seleccionar el DISTRITO en el cual se iniciará la demanda.
    - Seleccionar el FUERO en el cual se iniciará la demanda.
    - Seleccionar la Instancia en la cual se iniciará la demanda: Primera o Segunda.
    - Indicar si se trata de un AMPARO.
    - Subir el documento de la demanda: para ello es preciso presionar el botón “Editar Demanda”, que le permitirá seleccionar un archivo pdf de no más de 10MB de su disco duro local.
    - Ingresar la carátula que tendrá el expediente en el campo “Carátula”.
    - Cargar documentos adjuntos a la demanda: el botón “Cargar Adjuntos”, le permitirá seleccionar hasta diez archivos con formato pdf exclusivamente, de no más de 10MB, de su disco duro local para adjuntar a la demanda. El usuario deberá tener en cuenta el nombre que se le asigna a los archivos que contienen la demanda y los adjuntos, debiendo considerar que no deben contener caracteres especiales.
    - Por último, deberá el usuario presionar el botón “Enviar Demanda”.
    - Luego de esto, el sistema le indicará que la demanda ha sido presentada exitosamente.

    Nota: Atento a que las Quejas y los Amparos reciben un trámite diferenciado del resto de las demandas, se recomienda en el campo “Carátula”, iniciar el mismo con las palabras “QUEJA - …” o “AMPARO - …” según corresponda, para que sean procesadas con mayor celeridad.

    La documentación presentada será recibida por la Mesa Distribuidora del Distrito y Fuero que corresponda (excepto el Juzgado de Minas, que recibe directamente las demandas dirigidas a éste), quien, luego de haber creado el expediente, indicará en el SED el número y el Tribunal asignado.

    Hasta tanto la Mesa Distribuidora de Expedientes haya procesado la demanda, en la consulta aparecerá con estado “Pendiente” y los campos “Organismo Destino”, “Tipo de Expediente”, “Número” y “Año” en blanco:

    Una vez que la Mesa Distribuidora de Expedientes haya procesado la demanda, en la consulta aparecerá con estado “Aprobada” y en los campos “Organismo Destino”, “Tipo de Expediente”, “Número” y “Año” verá el Tribunal y número de Expediente asignados.

    Si la demanda hubiese sido rechazada, en Estado figurará “Rechazada”

    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
    Para iniciar un Amparo, es preciso proceder según se indicó en el punto anterior, activando el botón “¿Es un amparo?”, ubicado debajo de los campos “Distrito”, “Fuero” e “Instancia”.

    Al habilitar este botón, se habilitará un nuevo campo “Juez Seleccionado”, donde deberá ingresar el nombre del Juez que desea tome intervención en el Amparo.

    El resto del procedimiento es idéntico al inicio de una demanda común, que se describe en el punto anterior.

    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
    Para consultar el estado de las demandas presentadas, es preciso acceder, a través del menú ubicado en el margen superior izquierdo de la pantalla, a la izquierda del Logo del Poder Judicial de Salta, el cual se visualiza mediante tres rayas horizontales. A continuación, se debe hacer click en la opción “Demandas”, y luego “Listado de demandas”.

    Se muestra a continuación una nueva pantalla que permiteseleccionar una serie de filtros que acoten la búsqueda y simplifiquenla consulta de las demandas presentadas por el usuario:

    Los filtros de búsqueda de la consulta de demandas presentadas permiten modificar el orden de visualización, buscar demandas puntuales, buscar por estado, por rango de fechas, entre otras.

    Una vez que se han seleccionado los filtros con los que se desea realizar la consulta, presionar el botón “Buscar”.

    Las columnas que se muestran en el resultado de la búsqueda son las siguientes:
    - Nro. Demanda: es el número interno que el Sistema asignó a la Demanda. (no corresponde al número de expediente que luego se asignará por sorteo). Haciendo clic en el número de demanda, se abre una ventana que muestra los datos de la demanda presentada.
    - Carátula: es la carátula que ingresó el usuario al presentar la demanda.
    - Organismo Destino: muestra el Tribunal al que fue asignado el Expediente sorteado.
    - Tipo de Expediente: muestra el tipo de expediente que se generó cuando se aprobó la demanda (EXP, INC, etc.)
    - Número: de Expediente que se asignó con el sorteo realizado luego de la aceptación de la demanda
    - Año: de Expediente que se asignó con el sorteo realizado luego de la aceptación de la demanda
    - Presentación: fecha y hora en que fue presentada la demanda en el SED.
    - Demanda: Permite visualizar el pdf que se subió al presentar la demanda haciendo click sobre el ícono con forma de hoja de papel.
    - Adjuntos: Si se cargaron archivos adjuntos, permite visualizar los mismos, haciendo click sobre el ícono con forma de clip .
    - Estado: actual de procesamiento de la demanda, pudiendo diferenciarse entre: Pendiente, Asignada, Aprobada o Rechazada:

    Haciendo clic en el número de demanda, se abrirá una ventana que muestra los datos y documentos ingresados al presentar la demanda, más una observación cargada por la Mesa Distribuidora, en el caso de que la demanda hubiera sido rechazada. (imagen en la página siguiente)

    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SE
  • D - ESCRITOS

    Para presentar un escrito, primero debe ubicar el expediente. La forma más directa de hacerlo es buscándolo por el número ingresando el mismo (sin /año, solamente el número) en la barra de búsqueda ubicada en la parte superior de la pantalla, y luego hacer click en la lupa.
     
    Una vez ubicado el expediente, debe ingresar al menú de acciones, ubicado en la parte superior derecha de la ficha del expediente (identificado con tres puntitos verticales), y elegir la opción “Presentar Escrito”.
     
    Seguidamente, se abrirá el explorador de Windows que le permitirá buscar en sus dispositivos de almacenamiento locales el escrito que desea subir (debe ser un archivo pdf de no más de 10Mb de tamaño).
     
    Una vez seleccionado el escrito, se abrirá una pantalla que le permitirá:
    • Seleccionar el destinatario, es decir el tribunal ante el cual se presentará el escrito (solamente le mostrará el organismo de radicación del expediente).
    • Seleccionar el tipo de escrito: le brinda una lista de tipos de escritos. Elija el que mejor se adecue al escrito que está presentando. Si no encuentra una opción que se adecue, seleccione “Otro”.
    • Indicar un Título/extracto: escriba un texto que describa brevemente la naturaleza del escrito que se está presentando.
    • Cargar adjuntos: Este botón le permite subir hasta 3 archivos pdf adjuntos al escrito que se está presentando. El tamaño máximo permitido para los adjuntos es de 10Mb para cada archivo. Si excede este tamaño, al finalizar el proceso, el sistema indicará un mensaje de error “Error al presentar Escrito”. En tal caso, deberá presentar otro escrito para adjuntar los archivos adicionales.
    • Por último, presionar el botón “Enviar”. El sistema preguntará si está seguro que desea enviar el escrito, advirtiéndole que luego de esto no se podrá modificar el mismo.
    • Al confirmar, el sistema indicará que el escrito ha sido presentado y permitirá imprimir un comprobante de presentación.
     
    Notas:
    • Todos los datos que solicita el sistema son obligatorios. Si alguno de ellos no fue cargado, no se habilitará el botón “Enviar”. En este caso, se aconseja revisar si quedó algún dato sin cargar.
    • Actualmente, no está habilitada la firma digital para la presentación de escritos, por lo que no se debe indicar que el escrito será firmado digitalmente. Si así lo hiciera, el sistema no le permitirá cargar el escrito.
    • Se recomienda que los nombres de los archivos que se desea subir (escrito y adjuntos) no sean demasiado extensos, y que no contengan signos de puntuación, para evitar que se produzcan posibles errores.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
     
    Se debe ingresar, a través del menú ubicado en el margen superior izquierdo de la pantalla (a la izquierda del Logo del Poder Judicial de Salta) el cual se visualiza mediante tres rayas horizontales, hacer click en la opción “Escritos” y luego en “Presentar En Expediente Reservado”.
     
    Se abrirá una ventana que permitirá:
    • Indicar el expediente en el cual desea ingresar el escrito. En el primer campo que se indica "Ingrese CUIJ o Número, Año y Sufijo", se debe ingresar el número de expediente, y luego hacer click en la lupa que se encuentra a la derecha del campo. Si un solo expediente coincide con el número solicitado, lo mostrará, y si hay más de uno que coincida, los mostrará, debiendo el usuario elegir el correspondiente (identificándolo por número y año).
    • Seleccionar el destinatario, es decir el tribunal ante el cual se presentará el escrito (solamente se mostrará el organismo de radicación del expediente).
    • Seleccionar el tipo de escrito: se muestra una lista de tipos de escritos. Deberá elegir el que mejor se adecúe al escrito que se está presentando. Si se no encuentra una opción que se adecúe, se deberá seleccionar “Otro”.
    • Subir Escrito: Este botón permite subir el archivo del escrito, donde se puede elegir un archivo pdf de no más de 10Mb de tamaño.
    • Indicar un Título/extracto: En este campo, puede escribir un texto que describa brevemente la naturaleza del escrito que está presentando.
    • Cargar adjuntos: Este botón permite subir hasta 3 archivos pdf adjuntos al escrito que está presentando. El tamaño máximo permitido para los adjuntos es de 10Mb para cada archivo. Si excede este tamaño, al finalizar el proceso, el sistema indicará un mensaje de error “Error al presentar Escrito”. En tal caso, se deberá presentar otro escrito para adjuntar los archivos adicionales.
    • Por último, al presionar el botón “Enviar” el sistema preguntará si está seguro que desea enviar el escrito, advirtiendo que luego de esto no se podrá modificar el mismo.
    Al confirmar, el sistema indicará que el escrito ha sido presentado y permitirá imprimir un comprobante de presentación.
     
    Notas:
    • Todos los datos que solicita el sistema son obligatorios. Si alguno de ellos no fuera cargado, no se habilitará el botón “Enviar”. Si fuera este el caso, se debe revisar nuevamente si quedó algún dato sin cargar.
    • No está habilitada la firma digital para la presentación de escritos, por lo tanto, no debe indicar que el escrito será firmado digitalmente. Si así lo hiciera, el sistema no permitirá cargar el escrito.
    • Se recomienda que los nombres de los archivos que se desea subir (escrito y adjuntos) no sean demasiado extensos, y que no contengan signos de puntuación, para evitar que se produzcan posibles errores.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
     
    Todos los datos que solicita el sistema son obligatorios. Si alguno de ellos no fuera cargado, no se habilitará el botón “Enviar”. En este el caso, se deberá revisar si quedó algún dato sin cargar.
     
    Esto puede deberse a dos razones:
     
    a.- Si el expediente fue recientemente cambiado de organismo: el Juzgado que recibe el expediente, aún no lo aceptó en el Sistema. En este caso, se observará que en el encabezado de la ficha del expediente se ve un Juzgado (el que remitió el expediente), y dentro de la ficha, bajo el rótulo “Tribunal de primera instancia”, se ve otro Juzgado (el que aún no aceptó el expediente).
     
    Si es este el caso, comunicarse con el Juzgado receptor del expediente para que lo acepte en su bandeja de “Expedientes Pendientes”.
     
    b.- El expediente no tiene la Secretaría Cargada: Dentro de la ficha del expediente, bajo el rótulo “Tribunal de primera instancia”, debe figurar el Juzgado y la Secretaría, por ejemplo “JUZGADO EN LO CIVIL y COMERCIAL DE 1ra INST. 4º NOMINACION - Sec. Nº1”.
     
    Si no figurase la Secretaría, debe comunicarse con la Mesa de Ayuda para subsanar esta situación.
     
    Si el expediente cambió recientemente su radicación (por excusación, recusación, u otro motivo) y sigue figurando en el Juzgado anterior, esto se debe a que el Juzgado que debe recibir el expediente, aún no lo ha aceptado en el Sistema de Gestión de Expedientes. Comuníquese con el Juzgado para solicitar que lo acepten. No podrá presentar el escrito hasta que esta tarea haya sido realizada por el Juzgado.
     
    Si no es este el caso, comuníquese con la Mesa de Ayuda del SED
     
    La funcionalidad de presentación de escritos permite ingresar un archivo pdf, que contiene el escrito en sí, y luego, adjuntar al mismo hasta 3 archivos pdf adjuntos al escrito que está presentando. El tamaño máximo permitido para el pdf del escrito es de 10Mb, y el tamaño máximo permitido para los adjuntos es de 10Mb para cada uno de los tres archivos. Si se excede este tamaño, al finalizar el proceso, el sistema  indicará un mensaje de error “Error al presentar Escrito”. En tal caso, se deberá presentar otro escrito, adjuntando los archivos adicionales.
     
    Las cuatro causas que pueden provocar este error son las siguientes:
    • El nombre de alguno de los archivos (escrito o adjuntos) contiene caracteres no permitidos tales como puntos, punto y comas, comas, barras, etc. Elimine esos caracteres de los nombres de los archivos
    • El tamaño del pdf del escrito, como el de alguno de los archivos adjuntos excede los 10Mb. En tal caso, se deberá presentar otro escrito, adjuntando los archivos adicionales.
    • Se seleccionó la opción “Firmar Digitalmente”. No deberá tildarse esta opción por ahora.
    • Transcurrió mucho tiempo desde que inició hasta que finalizó la operación. En tal caso, se deberá presionar “F5”, para que el sistema cargue nuevamente y reintente la operación.
     
    La presentación de escritos es la única operación que puede realizarse en las causas en las que no se es parte (o en la que por omisión del Juzgado, no figura cargado como parte), por lo cual, no existe ningún inconveniente para realizar esta acción.
     
    Actualmente todo escrito se firma con “firma electrónica” (que se verifica con haber entrado al SED con su usuario y contraseña). La opción que figura de “Será firmado digitalmente” es para los usuarios que tienen token.
     
    Esa opción aún no está habilitada porque actualmente está configurada para los que usan firma digital con token. Más adelante se va a adaptar esta funcionalidad para que puedan utilizar la firma por soft (sin token) que tienen los abogados. Por ahora todos firman con firma electrónica.
     
  • E - CÉDULAS

    Para generar una cédula a domicilio físico, primero se debe ubicar el expediente en el cual se la desea generar. La forma más directa de ubicar el expediente es buscarlo por número ingresando el mismo (sin /año, solamente el número) en la barra de búsqueda ubicada en la parte superior de la pantalla, y luego hacer click en la lupa.
     
    Una vez ubicado el expediente, se debe acceder al menú de acciones ubicado en la parte superior derecha de la ficha del expediente (identificado con tres puntitos verticales) y elegir la opción “Generar Cédula a Domicilio Físico”.
     
    El proceso consta de 6 pasos:
    1.- Destinatarios: Esta primera pantalla muestra los sujetos vinculados al expediente. Se debe seleccionar tildando la casilla junto al nombre de la(s) persona(s) a las que desea notificar. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    2.- Actuaciones: Esta pantalla muestra las actuaciones del expediente para que se seleccione cuál se va a notificar, tildando la casilla correspondiente. Debe tenerse en cuenta que se muestran 5 actuaciones por página, por lo que para ver las siguientes, se debe avanzar de página con el botón “>”.
     
    En este paso se puede abrir la actuación para copiar el texto que desea notificar. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”
     
    3.- Texto. Ingresar el texto a notificar: Aquí se puede pegar el texto que copió en el paso anterior. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    4.- Completar los datos de la cédula: En esta pantalla se debe indicar el carácter de la cédula (por defecto indique “Normal”), seleccionar algunas situaciones especiales tildando la casilla correspondiente, e ingresar una observación de ser necesario. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    5.- Firmar: El penúltimo paso permite confirmar el envío de la cédula. Al no estar incorporada la funcionalidad de firma digital, no se debe indicar que se firmará digitalmente la cédula. Para finalizar, se debe presionar el botón “Enviar”.
     
    6.- Resultados: Luego de presionar el botón “Enviar”, la siguiente pantalla mostrará la(s) cédula(s) generadas. Se debe abrirlas e imprimirlas para presentarlas en la Oficina de Notificaciones para ser diligenciadas.
     
    Para finalizar se debe presionar el botón “Finalizar”.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    Para generar una cédula a domicilio físico a personas que no están cargadas en el expediente (por ejemplo: herederos, terceros, testigos, etc. ) , primero se debe ubicar el expediente en el cual se la desea generar. La forma más directa de ubicar el expediente es buscarlo por número ingresando el mismo (sin /año, solamente el número) en la barra de búsqueda ubicada en la parte superior de la pantalla, y luego hacer click en la lupa.
     
    Una vez ubicado el expediente, se debe acceder al menú de acciones ubicado en la parte superior derecha de la ficha del expediente (identificado con tres puntitos verticales) y elegir la opción “Generar Cédula editable a Domicilio Físico”.
     
    El proceso consta de 6 pasos:
    1.- Destinatarios: Esta primera pantalla permite cargar los sujetos a los que se desea notificar. Los sujetos se agregan presionando el botón “Agregar Sujeto” y cargando sus datos (vínculo con el expediente, apellio y nombre y domicilio). Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    2.- Actuaciones: Esta pantalla muestra las actuaciones del expediente para que se seleccione cuál se va a notificar, tildando la casilla correspondiente. Debe tenerse en cuenta que se muestran 5 actuaciones por página, por lo que para ver las siguientes, se debe avanzar de página con el botón “>”.
     
    En este paso se puede abrir la actuación para copiar el texto que desea notificar. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”
     
    3.- Texto. Ingresar el texto a notificar: Aquí se puede pegar el texto que copió en el paso anterior. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    4.- Completar los datos de la cédula: En esta pantalla se debe indicar el carácter de la cédula (por defecto indique “Normal”), seleccionar algunas situaciones especiales tildando la casilla correspondiente, e ingresar una observación de ser necesario. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    5.- Firmar: El penúltimo paso permite confirmar el envío de la cédula. Al no estar incorporada la funcionalidad de firma digital, no se debe indicar que se firmará digitalmente la cédula. Para finalizar, se debe presionar el botón “Enviar”.
     
    6.- Resultados: Luego de presionar el botón “Enviar”, la siguiente pantalla mostrará la(s) cédula(s) generadas. Se debe abrirlas e imprimirlas para presentarlas en la Oficina de Notificaciones para ser diligenciadas.
     
    Para finalizar se debe presionar el botón “Finalizar”.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    Para generar una cédula a domicilio electrónico, primero se debe ubicar el expediente en el cual se desea generarla. La forma más directa de ubicar el expediente es buscarlo por número ingresando el mismo (sin /año, solamente el número), en la barra de búsqueda ubicada en la parte superior de la pantalla, y luego hacer click en la lupa.
     
    Una vez ubicado el expediente, se debe acceder al menú de acciones ubicado en la parte superior derecha de la ficha del expediente (identificado con tres puntitos verticales), y elegir la opción “Generar Cédula a Domicilio Electrónico”.
     
    El proceso consta de 6 pasos:
    1.- Destinatarios: Esta primera pantalla muestra los sujetos vinculados al expediente. Se debe tildar la casilla junto al nombre de la(s) persona(s) a las que desea notificar. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    2.- Actuaciones: Esta pantalla muestra las actuaciones del expediente para que seleccione cuál se va a notificar, tildando la casilla correspondiente. Se aconseja tener en cuenta que se muestran 5 actuaciones por página, por lo que para ver las siguientes, se debe avanzar de página con el botón “>”.
     
    En este paso se puede abrir la actuación para copiar el texto que se  desea notificar. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”
     
    3.- Texto. Ingresar el texto a notificar: En este paso, se puede pegar el texto que se copió en el paso anterior. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”
     
    4.- Completar los datos de la cédula: En esta pantalla se debe indicar el carácter de la cédula (por defecto indique “Normal”), seleccionar algunas situaciones especiales tildando la casilla correspondiente, e ingresar una observación de ser necesario. Para avanzar al paso siguiente, se debe presionar “Continuar”.
     
    5.- Firmar: Este último paso permite confirmar el envío de la cédula. Aún no está incorporada la funcionalidad de firma digital, por lo que no se debe indicar que se firmará digitalmente la cédula. Para finalizar, se debe presionar el botón “Enviar”.
     
    6.- Resultados: Luego de presionar el botón “Enviar”, la siguiente pantalla mostrará la(s) cédula(s) generadas.
     
    Para finalizar se debe presionar el botón “Finalizar”. Luego de esto, la cédula será enviada electrónicamente a el(los) sujeto(s) seleccionados.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    Las Cédulas Electrónicas no llevan adjuntos. El reglamento del expediente digital establece que la visualización de los escritos vía web cumplirá con el requisito de acompañar copias para traslado (art. 27). Ello obedece a que todas las presentaciones y la documentación obrante en el expediente pueden ser consultadas por la otra parte a través del SED.
     
    No está cargado el abogado de la otra parte en el expediente. Comuníquese con el Juzgado para solicitar que lo carguen. Puede solicitarlo mediante un escrito.
     
    Hasta tanto los datos sean completados por el Juzgado, puede generar la Cédula mediante la opción “Generar Cédula Editable a domicilio físico” (ver pregunta E2)
     
    No está cargado el domicilio electrónico del abogado de la otra parte en el expediente. Comuníquese con el Juzgado para solicitar que lo carguen. Hasta tanto, puede enviar la Cédula a domicilio físico.
     
    El profesional al que se está intentando generar una Cédula Electrónica no tiene un usuario creado en el SED, o su usuario no está asociado al Sistema de Gestión de Expediente de los Juzgados. Comuníquese con Mesa de Ayuda para confirmar la situación.
      
    Si al finalizar el proceso de generar la Cédula, el Sistema le informa que no puede generarla, puede deberse a una de las dos siguientes causas:
    • Se seleccionó la opción “Firmar Digitalmente”. No debe tildarse esta opción por ahora.
    • Transcurrió mucho tiempo desde que se inició hasta que se finalizó la operación. En tal caso, se debe presionar “F5”, para que el sistema cargue nuevamente y reintente la operación.
     
    Actualmente todas las cédulas se firman con “firma electrónica” (que se verifica con haber entrado al SED con su usuario y contraseña).
     
    La opción que figura de “Será firmado digitalmente” es para los usuarios que tienen token. Esa opción aún no está habilitada, porque actualmente está configurada para los que usan firma digital con token. Más adelante se va a adaptar esta funcionalidad para que puedan utilizar la firma por soft (sin token) que tienen los abogados. Por ahora todos deben firmar con firma electrónica (usuario y contraseña).
     
  • F - RESPECTO DE LA REGISTRACIÓN DE NUEVO USUARIO

    >Ello puede ocurrir:
    - Si se ponen caracteres especiales (guiones, º, ª) en alguno de los campos.
    - Si los pdf (del carnet y la matrícula) tienen puntos, comas, etc., en el nombre del archivo.
    - Si el nombre y apellido son demasiado largos
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
      
    En este caso, se aconseja comunicarse con el Colegio de Abogados (si es un abogado) o con el Área de Tareas Generales del Poder Judicial (si es perito, síndico o martillero) para consultar si su usuario no fue activado por alguna razón, o si tal vez ingresó en forma incorrecta su correo electrónico.
     
  • G - RESPECTO DEL INGRESO AL SISTEMA

    • Verifique que está ingresando correctamente su CUIL (sin guiones) y la contraseña.

    • Si está ingresando correctamente CUIL y la contraseña, comuníquese con el Colegio de Abogados (si es un abogado) o con el Área de Tareas Generales del Poder Judicial (si es perito, síndico o martillero) para solicitar la confirmación de la contraseña o su regeneración.
    Para cambiar la contraseña es preciso ingresar a la opción “Mi cuenta” en el menú ubicado en la equina superior derecha de la pantalla.
     
    Se desplegará una pantalla que permite modificar los datos personales del usuario. Bajando hasta la parte inferior de la pantalla, se muestran tres campos en los que se puede ingresar la contraseña actual (la que se desea cambiar; con la que se ingresó al sistema), y la nueva contraseña dos veces.
     
    Luego de verificar que el usuario es un usuario real (tildando “no soy un robot”) y presionar “Aceptar”, la contraseña se habrá modificado.
     
    Para mayor información, consultar el Manual de Usuario del SED
     
    Comuníquese con el Colegio de Abogados (si es un abogado) o con el Área de Tareas Generales del Poder Judicial (si es perito, síndico o martillero) – 4258000 int. 3089-  para solicitar que le generen una nueva contraseña.
     
     

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