En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala V del Tribunal de Juicio fueron condenados tres hombres por robo calificado en poblado y en banda. La audiencia estuvo presidida por la jueza Gabriela Romero Nayar.
El hecho fue cometido en una galería comercial ubicada en calle Belgrano al 600, en la ciudad de Salta.
Franco Augusto Labari (33), Jorge Ariel Báez (46) y Carlos Héctor Enrique Aguirre (61) ingresaron a una librería y a otros locales ubicados en una galería colindante donde funcionaban comercios y estudios jurídicos. Los acusados entraron luego de forzar las puertas de ingreso y sustrajeron dinero en efectivo y varios elementos de valor (computadoras, cámaras fotográficas, herramientas, documentación).
Para lograr su cometido, rompieron y manipularon varias de las cámaras de seguridad instaladas en el lugar. De otras lograron recuperarse algunas imágenes.
Los tres imputados fueron condenados a la pena de tres años de prisión efectiva.
Báez y Aguirre fueron declarados reincidentes por tercera vez. Al primero se le unificó ambas condenas en el monto de cuatro años y dos meses de prisión efectiva. Al segundo, en tanto, ambas penas se le unificaron en el monto de cuatro años de prisión efectiva.
En el caso de Aguirre, la jueza dispuso el cumplimiento de la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Esto quedó supeditado a la acreditación de la enfermedad que dijo padecer el acusado y a la factibilidad de colocación de un dispositivo de la Unidad del Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME).
Finalmente, la jueza aceptó el ofrecimiento de la reparación económica ofrecida a las víctimas.