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Tres imputados por homicidio culposo fueron inhabilitados, deberán reparar el daño, capacitarse y prestar servicio comunitario

Tres imputados por homicidio culposo fueron inhabilitados, deberán reparar el daño, capacitarse y prestar servicio comunitario

Tres sujetos imputados por un homicidio culposo ocurrido en marzo de 2024, en la Circunvalación Oeste, accedieron por el término de tres años al instituto de la suspensión de juicio a prueba. Recibieron inhabilitación para conducir y para desempeñar tareas laborales específicas. Además, deberán reparar económicamente a la familia damnificada, prestar servicio comunitario y cumplir una serie de reglas de conducta. Todo ello bajo objetivas medidas de control.

La audiencia fue presidida por la jueza María Victoria Montoya Quiroga, del distrito centro. Uno de los sujetos llegó acusado por el delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor. Los otros dos, por homicidio culposo. Ninguno presentaba antecedentes penales.

El hecho ocurrió el 12 de marzo de 2024, en una obra vial que se realizaba sobre el acceso al barrio Grand Bourg, en la avenida Circunvalación Oeste. Uno de los imputados operaba una máquina compactadora y atropelló a un obrero que se encontraba trabajando adelante. La víctima fue trasladada de urgencia al hospital San Bernardo donde falleció a raíz de las lesiones sufridas.

Según consta en la acusación, el operador de la máquina compactadora conducía sin licencia habilitante vigente y realizó una maniobra negligente sin advertir la presencia del otro trabajador. Los otros dos acusados se desempeñaban como jefe de mantenimiento y producción de la empresa, y como mecánico responsable del mantenimiento de las máquinas, respectivamente. Se los imputó por su conducta omisiva al permitir la utilización de una máquina en mal estado mecánico, sin mantenimiento adecuado.

Luego del realizar un pormenorizado análisis, la jueza señaló que estaban reunidos los requisitos legales para la concesión de la probation. Resolvió hacer lugar al planteo de las defensas, que contó con adhesión de la fiscalía y de la representante del Ministerio Público Pupilar, que intervino en representación del hijo menor de edad de la víctima. La querella, en tanto, había manifestado oposición.

La jueza consideró razonable el ofrecimiento reparatorio total de 30 millones de pesos (10 millones por cada imputado) a favor de la familia damnificada.

En su resolución, la jueza tuvo presente el rechazo expreso de la esposa de la víctima respecto a esta reparación económica. Y tuvo por aceptado dicho monto en beneficio del hijo menor, en voz de la asesora de Incapaces que intervino en resguardo del interés superior del niño. Se estipuló que los 30 millones deberán ser depositados en un plazo de treinta días y puestos a disposición de un Juzgado de Familia competente, con intervención del Ministerio Público Pupilar. Esto, con el fin de que se administre y preserve el dinero conforme al interés del niño.

La jueza remarcó que este ofrecimiento económico no implica una renuncia a la pretensión de una reparación civil integral.

A los tres sujetos se les impusieron restricciones. El conductor de la máquina quedó inhabilitado por tres años para conducir cualquier vehículo automotor y para operar equipamiento vial pesado o especial. El segundo acusado fue inhibido por el mismo lapso para desempeñar el cargo de jefe de mantenimiento o cualquier función que implique dirección, autorización, supervisión o decisión respecto de la aptitud, mantenimiento o puesta en servicio de maquinaria vial. El tercer imputado, en tanto, fue inhabilitado por tres años para efectuar tareas mecánicas de mantenimiento, reparación, certificación o habilitación de maquinaria vial.

La jueza dispuso medidas de control objetivas para garantizar el cumplimiento de estas inhabilitaciones. Le ordenó a la empresa empleadora presentar en un plazo de diez días hábiles constancia de la modificación de tareas desempeñadas por los dos últimos imputados, y que trimestralmente informe a la Ofiju sobre el cargo, sector y tareas de ambos.

Asimismo, ordenó oficiar al área de Fiscalización, Higiene y Seguridad de  la Subsecretaría de Trabajo de la provincia para que efectúe verificaciones trimestrales en la empresa -sin previo aviso- para constatar el cumplimiento de las restricciones dictadas.

Además, le impuso a los tres sujetos la obligación de realizar capacitación en seguridad vial y prevención de riesgos y seguridad en el trabajo, dictada por organismos públicos. En caso de no existir propuestas oficiales, subsidiariamente podrán realizar la capacitación ante un profesional competente debidamente certificado.

Los tres imputados tendrán además la obligación de hacer diez aportes mensuales de 100 mil pesos cada uno a dos hogares de adultos mayores. Esta regla deberá acreditarse mensualmente.

Finalmente, deberán cumplir las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio y comunicar cualquier cambio, someterse a la supervisión de la Secretaría de Control de Suspensión de Juicio a Prueba, no cometer nuevo delito.

La jueza les remarcó a los tres imputados que el incumplimiento injustificado de las disposiciones y reglas dictadas podrá dar lugar a una modificación o a la revocación de la probation y a la continuación del proceso penal.
     
   
 


 

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