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Salta se sumará a las provincias con juicio por jurados populares

Salta se sumará a las provincias con juicio por jurados populares

El Gobernador de la provincia remitirá a la legislatura un proyecto de implementación de juicio por jurados populares en Salta. El anuncio fue realizado al término de una reunión entre los jueces de la Corte de Justicia y el gobernador de la Provincia Juan Manuel Urtubey.

El encuentro fue encabezado por el presidente de la Corte de Justicia Guillermo Catalano acompañado por el vicepresidente Ernesto Samsón, el vicepresidente segundo Fabián Vittar, el juez decano Guillermo Posadas, las juezas de Corte Sandra Bonari y Teresa Ovejero y el juez de Corte Pablo López Viñals

El proyecto de implementación del juicio por jurados populares será remitido a la legislatura por el Gobernador de la Provincia. El juicio por jurados consagra el derecho de los ciudadanos  a participar en la administración de Justicia.

En el artículo 24 de la Constitución Nacional se establece que el Congreso “promoverá la reforma de la actual legislación en todos sus ramos, y el establecimiento del juicio por jurados” y en el artículo 118 establece que “Todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados se terminarán por jurados, luego que se establezca en la República esta institución. La actuación de estos juicios se hará en la misma provincia donde se hubiere cometido el delito; pero cuando éste se cometa fuera de los límites de la Nación, contra el Derecho de Gentes, el Congreso determinará por una ley especial el lugar en que haya de seguirse el juicio.”

De este modo Salta se sumará a las provincias que implementaron los juicios por jurados populares: Mendoza (ley 9106); Chaco (Ley 2364-B); Río Negro; Buenos Aires (Ley 14.543); Neuquén (Ley 2.784), Chubut (Ley 5.478) y Córdoba (Ley 9182).

En el caso “Canales, Mariano Eduardo y otro s/ homicidio agravado" la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que el jurado es el juez natural, establecido por la Constitución de la Nación Argentina, para decidir la culpabilidad o no de una persona, según las instrucciones de derecho de un juez. Y ratificó allí la constitucionalidad de la decisión de las provincias de instaurar el sistema de jurados.

La semana anterior el presidente de la Corte de Justicia Guillermo Catalano y el juez de Corte Pablo López Viñals presenciaron en Mendoza un juicio por jurados populares en el caso Valentín Tizza, un niño que murió como consecuencia de una golpiza propinada por sus progenitores quienes fueron encontrados culpables por los doce ciudadanos que se desempeñaron como jurados. En Mendoza, los jueces de la Corte de Justicia salteña se interiorizaron sobre la implementación del sistema.

En Salta se implementará un plan piloto una vez aprobada la ley respectiva. Los jurados populares intervendrán en todos los supuestos de los artículos 80 y 124 del Código Penal.

Basicamente la función de los jurados populares es decidir en un juicio penal si una persona acusada por un fiscal penal de la comisión de un delito es o no culpable. 

Los jurados populares se componen por 12 ciudadanos titulares y sus suplentes lo cuales surgen de una nómina anual. De este listado anual en el inicio del debate se procede a la selección de quienes se desempeñarán durante el juicio como jurados populares.

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