En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala I del Tribunal de Juicio, Guillermo Jesús Tayagui (28) fue condenado a tres años de prisión efectiva por resultar autor penalmente responsable de los delitos de robo simple y homicidio culposo en accidente de tránsito calificado por conducir con exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, en concurso real.
El juez Martín Fernando Pérez revocó la condicionalidad de una pena anterior que tenía el imputado y unificó ambas condenas en el monto de tres años y nueve meses de prisión efectiva. Ordenó su inmediata detención y traslado a la Unidad Carcelaria 1 y que se le extraigan muestras para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.
En el mismo fallo, otro sujeto de 32 años resultó condenado a un mes de prisión condicional por robo simple. En su caso, el juez enumeró una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años para conservar la modalidad de la pena. Entre otras obligaciones, deberá abstenerse de cometer nuevo delito y abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.
El hecho denunciado en el que participaron ambos imputados ocurrió en calle Logulo. La damnificada refirió que caminaba por el lugar, hablando por celular, cuando dos sujetos que circulaban en una moto se detuvieron a su lado y le sustrajeron el teléfono.
Poco después fueron demorados por personal policial.
El otro hecho por el que resultó condenado Tayagui sucedió después en Villa El Sol. El imputado circulaba a alta velocidad en un automóvil y en la esquina de Benedetti y Juan Muñoz Cabrera colisionó con una motocicleta cuyo conductor perdió la vida a raíz de las lesiones sufridas.