El 21 de abril del año pasado, Gerardo Ismael Tapia fue denunciado por su expareja. Ella contó que esa madrugada él pasó con su auto por la puerta de su casa y realizó algunas detonaciones con un arma de fuego. Agregó que unos días antes la había golpeado y amenazado.
La jueza de Garantías 1, Ada Zunino, lo condenó en audiencia de juicio abreviado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor de los delitos de amenazas y lesiones doblemente agravadas por la relación de pareja preexistente y por el género; y por los delitos de violación a las medidas sanitarias, abuso de arma, portación ilegítima de arma, resistencia a la autoridad y daños a un bien público.
Durante tres años tendrá la obligación de dar cumplimiento a reglas de conducta. En ese sentido, deberá someterse al cuidado del patronato de presos y liberados, fijará domicilio y comunicará cualquier cambio. Además tiene prohibido acercarse a la denunciante en un radio de doscientos metros en todos los lugares donde ella realice sus actividades diarias, es decir su lugar de residencia, domicilios de familiares o laboral y lugares donde concurra de manera habitual. Tiene prohibido también mantener cualquier tipo de contacto con ella por cualquier medio, sea telefónico, por mail, redes sociales, etcétera.
Se le prohibió además realizar actos de violencia física o psicológica en su contra. Deberá abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas. Por último, tendrá la obligación de someterse a tratamiento psicológico para controlar sus impulsos violentos.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería de cumplimiento efectivo.
La jueza ordenó una consigna policial fija y personalizada a la mujer, hasta tanto se le provea de un botón antipánico.
El hombre será incorporado en el Banco de Datos Genéticos. Finalizada la audiencia recuperó su libertad.