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Quería el arresto domiciliario por un Hábeas Corpus invocando la pandemia 

Quería el arresto domiciliario por un Hábeas Corpus invocando la pandemia 

La Corte de Justicia no hizo lugar a la apelación presentada por la defensa técnica de un hombre privado de su libertad por orden de un tribunal competente. La defensa invocaba la pandemia para requerir el arresto domiciliario.

Al resolver, la Corte de Justicia recordó que “el hábeas corpus, al igual que el amparo, constituye un procedimiento excepcional, residual y de concesión restrictiva; sólo viable en aquellos supuestos de ilegitimidad y arbitrariedad evidentes, que no requieran amplitud de debate y prueba ni admitan otra vía legal apta. Es decir, es una garantía a derechos de raigambre constitucional amenazados o vulnerados en forma manifiestamente arbitraria”.

Agregaron además que “el objeto de la acción intenta alterar el orden de competencias con el fin de que en forma inmediata el detenido cumpla arresto domiciliario; requerimiento que a todas luces resulta, además de inadmisible, violatorio del Código Procesal Penal (Ley 7690 y modificatorias), en cuanto establece que la sustitución de aquella medida cautelar debe ser dispuesta por el juez o tribunal competente”.

No corresponde emplear la acción de hábeas corpus para sustituir, alterar o provocar un indebido contralor sobre las decisiones propias de quienes resultan ser jueces naturales de cada causa, y respecto de las que la parte interesada cuenta con la vía prevista por la legislación procesal en la materia.

Y sobre el argumento del riesgo del detenido ante futuros casos de coronavirus en el penal donde se encuentra alojado, dijeron los jueces de Corte que resultaba ser hipotético, conjetural e incierto, “circunstancia que provoca –en la especie– la insuficiencia del intento revisor.”

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