David Ramón Vilte (41) fue condenado a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada.
El imputado mantendrá la libertad por la modalidad de la condena dictada y deberá cumplir las siguientes reglas de conducta por el lapso de tres años: fijar residencia y mantenerla actualizada; someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; prohibición de acercarse al domicilio de la víctima y a los lugares donde ella concurra en un radio menor de 300 metros; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra; adoptar oficio, arte, industria o profesión adecuada a su capacidad; someterse al Programa de intervención para agresores de violencia de género y presentar las constancias correspondientes; someterse a tratamiento psicológico para el control de sus impulsos violentos durante el lapso que un profesional lo determine y presentar constancia de inicio en un plazo de diez días y las que den cuenta de su evolución cada tres meses.
El imputado deberá cumplir todas estas obligaciones para conservar la prisión en suspenso.
El juicio abreviado contra Vilte se llevó a cabo en la Sala VI y estuvo a cargo del juez José Luis Riera.