Un hombre de 27 años fue condenado a nueve meses de prisión de cumplimiento efectivo por una serie de hechos de violencia de género contra su expareja.
La sentencia fue dictada por el juez de Garantías interviniente en el marco de una audiencia flexible y multipropósito en la que las partes llegaron a un acuerdo de juicio abreviado.
Los episodios de violencia ocurrieron entre octubre de 2024 y abril de 2025. El hombre había amenazado a su expareja, llegando a manifestarle intenciones de quitarle la vida y desobedeció órdenes judiciales de prohibición de acercamiento que habían sido dictadas previamente por el Juzgado de Violencia Familiar interviniente. Pese a estas medidas, el hombre se presentó en el domicilio de la víctima en al menos cinco ocasiones.
Además, en dos oportunidades, ingresó sin autorización al domicilio de la denunciante, vulnerando su privacidad e integridad. La víctima denunció que fue sometida a situaciones de hostigamiento y violencia verbal y física. Entre los hechos que describió se destacó un episodio en el que el hombre sujetó a la mujer por la mandíbula y le provocó una lesión en el labio inferior, todo ello en presencia de su hija menor.
En otro de los incidentes, intentó arrebatarle un objeto personal y mostró una conducta alterada, lo que se relacionó con un presunto consumo de sustancias en ese momento.
Durante la audiencia, el imputado reconoció su participación en los hechos imputados. Por su parte, la víctima manifestó su consentimiento con el acuerdo alcanzado, destacando que el acusado presentaba una conducta distinta cuando no se encontraba bajo los efectos de estupefacientes.
El hombre fue condenado como autor de delitos de amenazas (dos hechos), desobediencia judicial (cinco hechos) y violación de domicilio (dos hechos), todo en concurso real.
En el mismo fallo fue declarado reincidente por primera vez atento a los antecedentes condenatorios que registraba. Por otra parte, fue sobreseído del delito de lesiones leves agravadas, debido a que las mismas no fueron debidamente acreditadas. Considerando el consumo declarado de pasta base y marihuana por parte del condenado, el juez recomendó que realice a un tratamiento de rehabilitación por adicciones.
Al momento de fundamentar la condena el juez tuvo en cuenta no solo la gravedad de los hechos y la reiteración de conductas que violaron medidas judiciales de protección, sino también el riesgo procesal existente y la necesidad de proteger a la víctima y su entorno familiar.