Hacía un mes que se habían separado después de mantener una relación de pareja de casi dos años.
La mañana del 24 de abril pasado el joven de 22 años fue a la casa de quien ya era su expareja, ubicada en Pichanal, e insistió para que le abriera la puerta y lo deje entrar. Como esto no sucedió saltó la tapia y cuando pudo entrar la golpeó en la cara y se fue.
Pero más tarde volvió después de haber tomado unas copas de más y empezó a golpear la puerta hasta romperla. Ella le reclamó y él agarró una piedra y la tiró, con lo que causó daños en la luneta del auto familiar.
Durante la audiencia flexible y multipropósito el sujeto aceptó su responsabilidad en los hechos y comprendió los términos del acuerdo de juicio abreviado al que habían llegado las partes.
En ese contexto la jueza de Orán Norma Roxana Palomo lo condenó a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de lesiones leves doblemente agravadas por ser cometidas a una persona con quien mantuvo una relación de pareja, mediando convivencia y por un hombre a una mujer mediando violencia de género.
Cumplirá reglas de conducta durante un periodo de dos años, entre ellas prohibición de ejercer nuevos hechos de violencia en contra de la víctima. El condenado permanecerá en libertad mientras cumpla con estas condiciones. Además, se dispuso su inscripción en los Bancos de Datos Genéticos correspondientes.