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Plan Piloto de Oralidad: condenado por grooming y amenazas anónimas

Plan Piloto de Oralidad: condenado por grooming y amenazas anónimas

Un hombre de 34 años fue condenado como autor de los delitos de grooming y amenazas anónimas. La sentencia se alcanzó mediante un acuerdo de juicio abreviado en una audiencia flexible y multipropósito.

Todo comenzó con una denuncia radicada en septiembre pasado. La madre de una adolescente de 14 años se presentó ante la Fiscalía Penal especializada en Ciberdelincuencia para denunciar que su hija era acosada a través de whatsapp. Según su testimonio, la noche anterior recibió un mensaje desde un número de teléfono que desconocía, y que era el mismo desde el cual su hija había sido amenazada, y que ya había bloqueado. La mujer explicó que ya había presentado denuncias anteriores por hechos similares, indicando que su hija menor estaba siendo acosada por esa red desde diferentes números telefónicos.

En la fecha de la denuncia inicial, la madre recibió un mensaje particularmente alarmante desde ese número, en el que decía que su hija “ya estaba marcada” y que si no se iba del barrio iba a desaparecer. Afirmó desconocer quiénes podrían ser los responsables, ya que su hija no salía de su domicilio, tenía 14 años y no tenía pareja. Las amenazas eran reiteradas y se habían iniciado desde el mes de mayo, provenientes de diferentes números, que hasta la fecha eran seis contactos distintos.

Días después, en una ampliación de denuncia el 3 de septiembre de 2024, la madre informó que el acoso continuaba. Su hija y ella recibieron un mensaje desde otro número de teléfono. Estos mensajes alertaban sobre una supuesta red y el peligro de trata de personas, mencionando incluso a una tercera persona como posible facilitadora de datos. Ante la gravedad de la situación, la madre solicitó medidas legales urgentes y una consigna personalizada para su hija.

Diez días después, en una segunda ampliación, la madre reportó que nuevamente enviaron mensajes a su hija por WhatsApp, pidiéndole una foto a cambio de dejar de molestarla. Tras bloquear este número, la denunciante recibió mensajes por la misma red, amenazando con hacerle algo a su hermana si no enviaban la foto, e indicando que sabían que ella y su hermana habían estado solas la semana anterior. Los mensajes hacían referencia a que la madre ya había enviado una foto previamente. La denunciante manifestó estar cansada de la situación y solicitó que se continuaran las diligencias para dar con los responsables.

En el marco de la investigación, el 1 de octubre de 2024, la denunciante y su pareja se presentaron en la fiscalía y aportaron capturas de pantalla de las conversaciones denunciadas. Lo novedoso fue que quien terminó acusado del delito fue la pareja de la denunciante, a quien detuvieron a raíz de la investigación.

Durante la audiencia y en el marco del acuerdo al que llegaron las partes, el acusado reconoció su participación y responsabilidad en los hechos imputados y prestó conformidad con la pena acordada. El juez de Garantías declaró procedente el acuerdo de juicio abreviado y lo condenó a dos años de prisión de ejecución condicional, ordenando su libertad.

Como parte de la sentencia condicional, se le impusieron una serie de reglas de conducta que deberá cumplir por el término de tres años, y cuyo incumplimiento podría revocar la condicionalidad de la pena. Entre las reglas más destacadas, se encuentran la prohibición de ejercer actos de violencia de cualquier tipo en perjuicio de la denunciante y la víctima, la prohibición de acercamiento en un radio de trescientos metros respecto de ellas y la prohibición de mantener todo tipo de contacto por cualquier medio (personal, telefónico, informático).

Pero además deberá someterse a tratamiento psicológico para control de impulsos violentos con perspectiva de género. Además se ordenó la extracción de material genético del condenado para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.

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