Un hombre de 27 años que era menor al momento de cometer el hecho fue declarado penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y recibió la pena de cuatro años de prisión efectiva.
En su fallo el juez de Menores 1 y de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Raúl Fernando López, lo absolvió de otro hecho de abuso sexual con acceso carnal por el que había sido acusado, teniendo en cuenta que la fiscalía no formalizó la acusación en su contra.
Además ordenó que una vez firme la condena se proceda a la extracción de material genético del condenado, para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
El hombre fue juzgado bajo el régimen de la Ley de Menores. El hecho ocurrió cuando el acusado tenía 16 años y la víctima 8. Ella es hija de su hermana y convivían en el mismo domicilio.
A los 11 años la niña le contó a su madre que su tío había abusado de ella. En aquella oportunidad, la mujer no radicó la denuncia. No obstante cuando la niña ya tenía 16 años, lo denunció tras discutir con su hija.