A ocho años de prisión efectiva resultó condenado un sujeto (48) declarado penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, abuso sexual con acceso carnal y hurto simple, en concurso real. El condenado permanecerá privado de su libertad y sus datos genéticos serán inscriptos en el banco de datos correspondiente.
El juez dictó el veredicto tras analizar en la audiencia de cesura las pruebas y argumentos expuestos por las partes respecto a la cuantificación de la pena. El magistrado expuso en forma oral los motivos y fundamentos legales de su decisión, y detalló qué pruebas consideró válidas para llegar a esa valoración.
El juicio unipersonal fue presidido por el juez Martín Pérez. Por el Ministerio Público intervino la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke. La defensa estuvo a cargo de Víctor Walter Clark.
Según consta en la causa, la mañana del 5 de junio de 2024, el imputado abordó en la vereda de su casa a un menor (17) que se dirigía a su domicilio luego de salir de la escuela técnica. Le pidió que lo ayudara a mover una cama. En un primer momento, el adolescente se negó pero, ante la insistencia del acusado, ingresó al inmueble para colaborar. Cuando se encontraban en la habitación, el imputado le practicó actos de naturaleza sexual y lo accedió carnalmente. El joven contó que el sujeto también se apoderó de su celular.
Durante la audiencia de cesura, la fiscalía había solicitado para el acusado una pena de diez años de prisión efectiva. La defensa, en tanto, solicitó siete años.