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No pudo demostrar que habitó el inmueble que quería prescribir

No pudo demostrar que habitó el inmueble que quería prescribir

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó un recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó una demanda de prescripción veinteñal adquisitiva de dominio.

En la instancia anterior se tuvo en cuenta que a los fines de la prescripción adquisitiva, resulta necesario el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el artículo 24 de la Ley 14.159, modificada por Decreto Ley 5767/58, debiendo el prescribiente acreditar que ejerció una posesión pública, pacífica e ininterrumpida por un lapso de veinte años. En la anterior instancia se concluyó que la mujer que pretendía apelar a esta vía de adquisición no pudo demostrar que habitó el inmueble a título de dueña, ni que su posesión fuese exclusiva o excluyente.

La demanda de prescripción adquisitiva fue promovida planteando que una abuela paterna habría expresado como voluntad que el inmueble en cuestión fuera para ellos. 

Los jueces Ivanna Chamale de Reina y Gonzalo Mariño recordaron que la usucapión es un modo de adquirir o perder el derecho real de propiedad, basado exclusivamente en el hecho de la posesión de la cosa por el término de ley y con el ánimo de ser propietario de ella; el título va a ser justamente la posesión misma.

Puntualizaron que el caso se trata de una situación especial por tratarse de una persona que pretende haber poseído el inmueble en litigio por sí, y con exclusión de los titulares registrales, quienes resultan ser sus coherederos. 

Consideraron por ello que en el caso concreto, no se configuran los extremos necesarios para inferir que la demandante hubiera sido  poseedora exclusiva de la totalidad del inmueble en litigio.

“La utilización del inmueble en los términos expuestos en el proceso, y la tolerancia a ello por parte del resto de los condóminos, no resulta suficiente a los fines de considerar adquirida la propiedad por prescripción, en tanto los coherederos se oponen, ahora, argumentando que aquello perjudica sus derechos”, puntualizaron.
 
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