Un sujeto de 42 años fue condenado a la pena de tres años de prisión condicional por el delito de abuso sexual simple agravado por la convivencia con una menor de dieciocho años.
El imputado D. E. C. era pareja de la madre de la víctima y residía con ellas. La mujer refirió que convivía con el acusado desde hacía cuatro meses y que sospechó de los abusos luego de advertir actitudes raras de su pareja una noche, cuando su hija de 5 años se acostó a dormir con ellos en la cama.
Luego de preguntarle a la niña qué había pasado, decidió llevarla al Hospital Materno Infantil. Allí, la menor le comentó al médico clínico que “su papá” le tocaba la vagina cuando su mamá no estaba.
D. E. C. fue condenado en un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala VI, presidido por la jueza Mónica Mukdsi.
Para conservar la libertad, el imputado deberá cumplir varias reglas de conducta durante tres años. Entre otras obligaciones, deberá someterse a tratamiento psicológico previo informe de un profesional que acredite su necesidad y eficacia; abstenerse de acercarse a la víctima y a la denunciante, a su domicilio, lugar de trabajo y sitios que ellas frecuenten; abstenerse de entablar cualquier tipo de contacto con ellas, por cualquier medio; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.
La jueza dispuso que se le realice examen psicofísico y extracción de material genético al condenado, para su inscripción en el Registro nacional y provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.