El presidente de la Corte de Justicia, Guillermo Catalano y el Procurador General de la Provincia, Abel Cornejo se reunieron esta mañana para analizar el desarrollo de las audiencias de debate en los procesos penales en el marco de la actual emergencia sanitaria nacional y la implementación de juzgados específicos en materia contravencional.
Las contravenciones son los delitos de menor cuantía o faltas, lo que las diferencias de los delitos. Y el Código Contravencional es eminentemente preventivo. Desde 2016 fiscales del Ministerio Público y los jueces de Garantías intervienen en las actuaciones por contravenciones como consecuencia de la Ley 7914 que modificó el Código Contravencional de la Provincia de Salta sancionado por Ley 7135 y se estableció la competencia material y territorial de las Fiscalías Penales no especializadas de los distintos Distritos Judiciales.
En 2011 la Corte de Justicia remitió una iniciativa legislativa proponiendo la creación de cinco juzgados contravencionales en toda la Provincia.
Es que la ley 7145 prevé la creación e instalación de los juzgados específicos en materia contravencional y hasta que ello ocurra, la ley 7154 dejó al Jefe de Policía o su reemplazante legal la competencia.
En la reunión se trató el proyecto remitido en la Acordada 11000 que proponía superar el sistema implementado en los últimos años de la primera mitad del siglo pasado.
Aquel proyecto remitido por la Corte de Justicia propiciaba la creación de cinco juzgados contravencionales tomando como base y fundamento las propias previsiones del artículo 135 del Código Contravencional y dotar de competencia en la materia a los juzgados de Cafayate y Joaquín V. González creados por Ley N° 7264. De esta forma se cubriría toda la provincia con juzgados de competencia específica. Se proponía allí que dos juzgados funcionen en el Distrito Centro y los restantes en Metán, Orán y Tartagal.
Audiencias de debate
En el encuentro se analizó también el desarrollo de las audiencias de debate en los procesos penales en el marco de la emergencia sanitaria nacional.
La Corte de Justicia habilitó en la Acordada 13112 que las audiencias de debate se realicen principalmente por medios electrónicos o tecnológicos, debiendo el tribunal interviniente informar a las partes a las direcciones electrónicas proporcionadas.
Cada Tribunal deberá evaluar la necesidad de realizar audiencias en modalidad presencial pero siempre respetando el derecho a la salud de todas las personas que intervienen en la actividad judicial y adoptando para ello todos los recaudos previstos en los protocolos del Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal.
A la luz de lo dispuesto en dicha Acordada, desde el pasado 11 de mayo los tribunales salteños han realizado numerosas audiencias de debate tanto aplicando el principio general de realización por medios electrónicos como la posibilidad de audiencias presenciales.