El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, condenó a un hombre de 28 años por ser autor de los delitos de daños y lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por el género, daños y desobediencia judicial, y le impuso la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional.
El hombre deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además tiene prohibido consumir bebidas alcohólicas y usar estupefacientes.
El juez ordenó mantener la exclusión del hogar que había sido ordenada por el juzgado de origen, y le prohibió acercarse a la víctima en un radio de 200 metros. También deberá abstenerse de ejercer violencia física o psicológica en su contra. El hombre deberá evitar todo tipo de contacto por cualquier medio con la denunciante, y se someterá a un diagnóstico psicológico por sus impulsos violentos, y en caso de corresponder, realizará un tratamiento a esos fines.
En el domicilio de la víctima se implantará consigna policial fija.
El condenado, que fue defendido por los abogados Matías Giménez Ruiz y Nicolás Maggio, recuperó su libertad una vez finalizada la audiencia de juicio abreviado. El Patronato de Presos y Liberados se encontrará a cargo del control de las reglas de conducta impuestas.
El 30 de agosto, la víctima se encontraba hablando por teléfono, cuando el acusado se lo quitó y lo arrojó al piso. Luego, el 8 de noviembre pasado, la fue a buscar al colegio donde asiste, y la golpeó. Anteriormente había sido notificado de la prohibición de acercarse y de ejercer violencia contra la víctima, que era su expareja.