En un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala V, dieciséis personas fueron condenadas por comercialización de estupefacientes, confabulación para la comercialización de estupefacientes, tenencia de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad y violación de las reglas para evitar la propagación de una pandemia.
Se trata de hombres y mujeres que desarrollaban las actividades ilícitas en diferentes barrios de la ciudad de Salta.
Sergio Daniel Ríos (48) y Juan Marcelo Colque (46) fueron condenados a cuatro años de prisión efectiva y multa como autores del delito de comercialización de estupefacientes. El juez Marcelo Rubio ordenó la detención de ambos imputados y su traslado a la Unidad Carcelaria 1. Ambos venían cumpliendo arresto domiciliario.
Ricardo Matías Callojas (37), en tanto, fue condenado a cuatro años de prisión efectiva y multa por los delitos de comercialización de estupefacientes y violación de las reglas para evitar la propagación de una pandemia. El juez también ordenó su traslado a la cárcel penitenciaria local.
Malvina Libertad Cejas (43), Francisco Eduardo Camacho (26), Carlos Antonio Mamaní (72, padre) y Carlos Antonio Mamaní (45, hijo), Cristian Eduardo Cristófani (50), Gladys Esther Penella (45), Julio Héctor Navia (47), Georgina Paola Medina (44) e Iván Fabricio Colque (25) resultaron condenados a la pena de dos años y ocho meses de prisión condicional y multa como partícipes secundarios del delito de comercialización de estupefacientes. Todos ellos permanecerán en libertad y deberán cumplir una serie de reglas de conducta, como abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, no cometer nuevo delito, someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados, entre otras obligaciones.
En el mismo fallo, Saúl Ezequiel Pastrana (32) recibió una condena de dos años y ocho meses de prisión condicional más multa como partícipe secundario de comercialización de estupefacientes y tenencia de arma de fuego de uso civil, en concurso real. El imputado también seguirá en libertad por la modalidad de la pena dictada y deberá cumplir las mismas reglas de conducta ya enumeradas.
Por otro lado, Alberto Nicolás Liendro (46) y Luis Alberto Chávez (46) resultaron condenados a dos años, siete meses y dieciséis días de prisión efectiva como autores del delito de confabulación para comercialización de estupefacientes.
Finalmente, Alejo Agustín Medina (21) fue condenado a seis meses de prisión condicional y multa por tenencia de arma de fuego de uso civil y resistencia a la autoridad, en concurso real. El sujeto seguirá en libertad con apercibimiento de perder la condicionalidad de la pena en caso de incumplir las siguientes obligaciones: fijar domicilio e informar cualquier cambio, abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, no cometer nuevo delito, someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados, entre otras reglas de conducta.