Un hombre de 22 años fue condenado a dos años de prisión condicional por resultar autor de los delitos de amenazas, privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y por ser la damnificada una persona a la que se debe respeto particular (dos hechos).
Una de las denunciantes relató que luego de seis meses de noviazgo decidió separarse del imputado por sus actitudes violentas. El sujeto se negó y comenzó a hostigarla. En una ocasión no le permitió retirarse de la vivienda, cuya puerta de acceso estaba cerrada con llave, por lo que la víctima permaneció retenida contra su voluntad.
El joven también fue condenado por el delito de amenazas, por un hecho denunciado por otra mujer.
El juez Marcelo Rubio, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio de Salta, le dictó al condenado reglas de conducta por el término de dos años, entre las que se destacan fijar residencia y comunicar cualquier cambio de domicilio; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas; acreditar el cumplimiento del tratamiento para el control de adicciones que viene cumpliendo en el Programa Puente y realizar tratamiento psicológico para el control de sus impulsos violentos, con perspectiva de género; prohibición de acercamiento y contacto con las denunciantes y su grupo familiar; prohibición de ejercer actos de violencia física y psicológica en contra de las mismas.