La Sala IV de la Corte de Justicia hizo lugar a un recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que hizo lugar al derecho de resarcimiento de un cliente por daños sufridos por la suma de 641.873,54 pesos a cargo de EDESA SA.
El recurso fue planteado por la empresa que además requería la nulidad de la providencia que puso la causa para el dictado de sentencia. En consecuencia, deberá correrse traslado a EDESA SA del planteo, lo que no se había hecho.
La causa comenzó cuando un cliente del servicio eléctrico presentó recurso de apelación directa contra lo resuelto por el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP). La sentencia hizo lugar a la apelación, declaró la nulidad del acto administrativo y estableció el derecho del cliente a un resarcimiento por los daños a cargo de la empresa.
La Sala IV de la Corte de Justicia tras resolver la inconstitucionalidad analizó si debió otorgarse intervención a la empresa.
“Resulta claro que la decisión adoptada involucra directamente a EDESA SA, por lo que la resolución judicial cuestionada debió necesariamente dictarse en el marco de un proceso que garantizara su derecho de defensa, lo que no se hizo”, marcó la Sala IV de la Corte de Justicia.
La falta de este recaudo colocó a la empresa en estado de indefensión, al no haber tenido oportunidad de ser oída en resguardo de sus derechos y resultar alcanzada por los efectos de la decisión.
“La garantía de la defensa en juicio requiere, por sobre todas las cosas, que no se prive a nadie arbitrariamente de la adecuada y oportuna tutela de los derechos que pudieron asistirle”, recordó la Sala IV.
Por ello se hizo lugar al incidente declarando la nulidad de la providencia que puso la causa en estado de dictar sentencia debiendo el juzgado interviniente correr traslado a la empresa de la presentación del cliente y posteriormente trasladarse todo a Fiscalía.