El hombre había sido condenado en junio del año pasado por la jueza de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán Norma Roxana Palomo.
En esa oportunidad lo encontraron culpable del delito de homicidio culposo agravado por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor y por haberse dado a la fuga y no socorrer a la víctima. Le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y la inhabilitación para conducir vehículos por cinco años.
Contra esa sentencia la defensa interpuso un recurso de casación que fue resuelto por los jueces de la Sala II del Tribunal de Impugnación, que confirmaron la sentencia teniendo en cuenta que sin perjuicio de que la víctima circulaba sin casco, a exceso de velocidad y registraba ingesta de bebidas alcohólicas, se tuvo por acreditado que ella tenía prioridad de paso al circular por la derecha en la intersección conforme la normativa de tránsito, en la cual especifica que “todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta”
Concluyeron los jueces que la sentencia había sido correctamente fundamentada, que se valoró correctamente la totalidad de la prueba ofrecida por las partes, y que se realizó una acertada reconstrucción de los hechos.
La sentencia de segunda instancia fue dictada por la jueza María Edith Rodríguez y el juez Guillermo Polliotto.
El hecho ocurrió el 1 de septiembre de 2023 en horas de la mañana en la intersección de calles 25 de mayo y 9 de julio de la ciudad de Orán, cuando se produjo la colisión entre un automóvil conducido por el acusado y la motocicleta de la víctima, ocasionando que perdiera la vida. Tras el accidente el acusado se dio a la fuga sin prestar auxilio a la joven o denunciarlo a la autoridad, presentándose recién horas después en la fiscalía acompañado de un abogado.