Un sujeto de 40 años fue condenado a un año y diez meses de prisión condicional por delitos de violencia de género cometidos en contra de su expareja. El juicio abreviado se llevó a cabo en la Sala V, presidido por la jueza Gabriela Romero Nayar.
El imputado se encontraba separado de la denunciante desde hacía dos años y ya había sido notificado acerca de la prohibición de acercamiento a su exconcubina y de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra, por otros hechos de violencia que había protagonizado con anterioridad.
No obstante, en marzo de 2019, el imputado ingresó al domicilio de la damnificada, insultándola y advirtiéndole que le iba a quitar a los cuatro hijos que tienen en común. Ella le dijo que se fuera y él reaccionó amenazándola con degollarla con un cuchillo. La mujer insistió para que se retirara de la casa y entonces él la golpeó, la tomó por la fuerza y la sometió a tocamientos en sus partes íntimas.
En causa acumulada, el imputado fue denunciado por otro hecho ocurrido también en el domicilio de la damnificada, adonde una vez más ingresó sin su autorización. La denunciante refirió que al llegar encontró a su expareja adentro. Él le dijo que ya le había revisado el celular y que sabía que “tenía otro macho”. La tomó de los cabellos y del cuello. Los gritos de la mujer fueron advertidos por personal policial que ingresó a la vivienda y demoró al acusado.
En el juicio, el sujeto resultó autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple, amenazas (dos hechos), desobediencia judicial (dos hechos), lesiones leves agravadas por la relación de pareja y el género, todo en concurso real.
La jueza le impuso al condenado reglas de conducta que deberá cumplir para mantener la prisión en suspenso. Entre ellas, no acercarse a la víctima, a su domicilio y a los lugares que ella frecuente; prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con ella y de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra; someterse a tratamiento psicológico previo dictamen médico que acredite su necesidad; someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados, entre otras obligaciones que deberá cumplir estrictamente durante dos años.