A dos años y medio de prisión condicional resultó condenado un sujeto de 55 años como autor de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género, lesiones leves, coacción (dos hechos) y daño, todo en concurso real.
La expareja del imputado refirió que en 2022 se encontraba en proceso de separación y él visitaba su casa esporádicamente para ver a su hija. Manifestó que el denunciado no aceptaba una ruptura definitiva e insistía con continuar la relación.
En el contexto de una de esas visitas, él se ofreció a llevarla en auto hasta su lugar de trabajo. Al llegar vio que allí estaba un hombre -la nueva pareja de ella- esperándola. El imputado se molestó, se bajó del vehículo y agredió al sujeto con una herramienta.
Más tarde, cuando la denunciante llegó a su casa, el acusado la empujó haciéndola caer de una silla y la golpeó en el rostro. Seguidamente se retiró del inmueble, pero antes le ordenó que se fuera de la casa “con lo puesto” y le advirtió que si seguía ahí a su regreso, “sería peor”.
El imputado también fue denunciado por la nueva pareja de su exmujer. El damnificado relató que cuando lo vio esperándola en su lugar de trabajo, se bajó de su auto y comenzó a patear la puerta de su camioneta. Luego intentó romper un vidrio con una llave y él se bajó para impedirlo. Entonces el acusado lo golpeó con la herramienta al tiempo que le gritaba: “Este es el principio, te voy a matar, no me importa ir a la cárcel”.
El juez Pablo Farah, vocal de la Sala III del Tribunal de Juicio, le dictó al condenado reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años. Entre ellas, prohibición de acercamiento a las víctimas, a sus respectivos domicilios y a los lugares que ellos frecuenten en un radio inferior a los trescientos metros; prohibición de ejercer actos de violencia respecto de las víctimas y de entablar todo tipo de contacto, por cualquier medio; someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia y presentar las constancias correspondientes. Todo ello con apercibimiento de revocarse la modalidad suspensiva de ejecución de la condena en caso de incumplimiento injustificado.
Finalmente, el juez dispuso que se le realice examen genético al condenado para su inscripción en el banco de datos provincial.