La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenó en procedimiento abreviado a D. R. P. (48) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple calificado por la convivencia.
La jueza ordenó que el imputado permanezca en libertad por la modalidad de la condena impuesta y le fijó las siguientes reglas de conducta por el lapso de tres años: constituir domicilio e informar cualquier modificación al tribunal dentro de las 48 horas; someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados; prohibición de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; adoptar o mantener un oficio, arte o profesión; realizar tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
La jueza ordenó además la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
D. R. P. es padrastro de la denunciante, quien tenía 16 años al momento de los hechos.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la víctima y su derecho a la intimidad y confidencialidad.