Un hombre de 24 años fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de estupro (dos hechos), en concurso real, en perjuicio de K. A. V. (menor).
Al momento de los hechos la víctima tenía 15 años de edad. El acusado C. F. L. fue denunciado por aprovecharse de la inmadurez de la damnificada, con quien tuvo contacto sexual en dos oportunidades, producto de lo cual K. A. V. quedó embarazada.
El imputado fue condenado en un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala VI, presidido por la jueza Mónica Mukdsi.
Para conservar la modalidad de prisión en suspenso, C. F. L. deberá cumplir las siguientes obligaciones durante tres años: fijar residencia, mantenerla actualizada y someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; prohibición de acercamiento a la víctima, tanto en el domicilio donde reside como en la institución educativa y otros espacios que ella frecuente; prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima (oral, telefónico, redes sociales, etc.), salvo a través de actuaciones judiciales; prohibición de cometer nuevo delito; someterse a tratamiento psicológico previo diagnóstico de un profesional que establezca su necesidad y eficacia, y presentar las constancias correspondientes.
La jueza ordenó finalmente que se le practique examen psicofísico y examen de ADN al condenado para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.