Durante una audiencia por un caso de tentativa de homicidio agravado ocurrido en enero de 2025 en barrio Solidaridad, las partes intervinientes arribaron a dos propuestas de solución alternativa consistentes en un juicio abreviado para dos de los involucrados y una suspensión de juicio a prueba para otros dos. El juez José Luis Riera, del distrito Centro, homologó ambas propuestas por considerarlas procedentes.
El hecho tuvo lugar en una vivienda de barrio Solidaridad. Dos de los imputados se presentaron junto a otros sujetos de la barra autodenominada “Los pibes de Soli” en el domicilio de la víctima, lo increparon y le dijeron que lo iban a matar. Uno de los acusados lo amenazó con un palo que tenía un cuchillo atado en la punta. El otro le disparó con una escopeta calibre 12 en la zona del hombro y cuello. El damnificado fue trasladado de urgencia al hospital, donde permaneció internado con riesgo de vida a raíz de una lesión contusa penetrante de proyectil de arma de fuego.
El fiscal Santiago López Soto y la defensa técnica de los acusados, ejercida por Delia Gutiérrez (defensora oficial) y Daniel Arnedo, acordaron una suspensión de juicio a prueba por un año para dos de los acusados (hermanos). La joven (22) llegó a la audiencia imputada por tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil y entrega de arma de fuego en concrurso real. Su hermano (23), por portación ilegítima de arma de fuego de uso civil. El juez aceptó el instituto y les ordenó a ambos realizar tareas comunitarias durante cuatro meses. Él deberá hacer trabajos de mantenimiento en una escuela de barrio Solidaridad; ella, labores de limpieza en un centro de salud de San Agustín. Además, cada uno deberá pagarle al damnificado la suma de 100 mil pesos a modo de reparación del daño. Por último, el juez les fijó a ambos una serie de reglas de conducta que deberán cumplir para conservar el beneficio otorgado, entre ellas, abstenerse de acercarse o de contactarse don la víctima, prohibición de ejercer actos de violencia en su contra y abstenerse de cometer nuevo delito.
Para los otros dos imputados, las partes acordaron un procedimiento abreviado. El juez homologó la propuesta y dictó sentencia. El sujeto que portaba el arma de fuego y efectuó el disparo resultó condenado a siete años, un mes y diez días de prisión efectiva como autor de homicidio simple agravado por el uso de arma en grado de tentativa y portación ilegítima de arma de fuego de uso civil, en concurso real.
El otro hombre, que al momento del hecho portaba un palo con un cuchillo, resultó condenado a un año, seis meses y diecisiete días de prisión efectiva como autor de amenazas con arma. En su caso, el juez lo declaró reincidente por primera vez y ordenó su libertad por el tiempo que ya llevaba detenido.
Durante la audiencia, los cuatro imputados reconocieron su responsabilidad en los hechos denunciados y aceptaron los términos de los institutos planteados y las penas solicitadas. La víctima también fue puesta al tanto de lo resuelto.
Fiscalía y defensas, en tanto, renunciaron a los términos para recurrir en casación.