En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala II del Tribunal de Juicio, un hombre de 51 años fue condenado a tres años de prisión condicional e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por ocho años por resultar autor del delito de homicidio culposo en accidente de tránsito agravado por las circunstancias de estar conduciendo en estado de ebriedad.
El imputado fue condenado por un hecho ocurrido en inmediaciones del Paraje Fuerte Alto (Cachi), donde atropelló a un hombre que circulaba a pie. La víctima falleció horas después en el hospital.
El juez Ángel Amadeo Longarte ordenó que el condenado permanezca en libertad por la modalidad de la pena dictada y le fijó reglas de conducta por el término de tres años: constituir domicilio e informar cualquier cambio al tribunal dentro de las 48 horas; prohibición de consumir sustancias estupefacientes y de excederse en el consumo de bebidas alcohólicas; adoptar oficio, arte o profesión acorde a sus capacidades; realizar una capacitación en Seguridad Vial en oficina competente en la materia y acreditar el cumplimiento dentro de los tres meses de quedar firme la condena. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena dictada.
El juez ordenó finalmente la extracción de muestra de ADN del condenado para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.