- Acordada Nº 12063: Funcionamiento de la Notificación Electrónica en la Corte de Justicia.
- Acordada Nº 12080: Aviso de cortesía
¿A qué procesos se aplica?
Las notificaciones electrónicas se aplican a los procesos judiciales a tramitarse o que se estuvieran tramitando al 2 de mayo de 2016 por ante la Corte de Justicia. Para ello, todo abogado de la matrícula que litigue por propio derecho o en representación de un tercero, sea como apoderado o letrado, debe constituir domicilio electrónico para las causas que tramitan por ante la Secretaría de Corte de Actuación.
¿Qué comunicaciones se llevarán a cabo por vía electrónica?
La notificación de los actos procesales que, de conformidad con las disposiciones vigentes, deban ser notificadas por cédula al domicilio constituido, serán remitidas vía electrónica a cada uno de los domicilios electrónicos constituidos y su recepción se considerará apta para surtir los
efectos de la notificación. Si la parte fuese asistida o representada por varios profesionales del derecho, tal presentación deberá precisar un único domicilio electrónico.
¿Quiénes son usuarios de este sistema?
Son usuarios destinatarios del sistema de notificación electrónica todos aquellos letrados intervinientes en causas que tramiten por ante la Corte de Justicia.
¿Qué es un domicilio electrónico?
El Poder Judicial otorga a cada letrado matriculado (apoderado o patrocinante), mediando una solicitud de su parte, una cuenta en el servidor respectivo, con un código de usuario que le permitirá utilizar la misma de acuerdo a lo establecido en la Acordada 12063. Esa cuenta será considerada su domicilio electrónico.
¿Cómo obtengo mi domicilio electrónico?
Para obtener un domicilio electrónico es preciso solicitar el otorgamiento de una cuenta a la Secretaría de Actuación, Área de Tareas Generales, mediante el formulario que puede descargarse haciendo click aquí, y asumiendo con su suscripción, las responsabilidades y compromisos establecidos por la Acordada Nº 12063 y sus anexos.
Cabe aclarar que si ya se cuenta con un usuario y contraseña para acceder a los Sistemas de Consultas de Expedientes y textos de actuaciones Online de los fueros Civil o Laboral, no es preciso solicitar un domicilio electrónico, puesto que este usuario y contraseña constituyen el domicilio electrónico del profesional.
¿Cómo se consultan las Notificaciones Electrónicas de la Corte?
Las notificaciones electrónicas se consultan a través del Sistema de Consultas provisto por el Poder Judicial, al cual se accede mediante el Portal de Servicios para Abogados del Sitio Web Oficial (www.justiciasalta.gov.ar). El siguiente instructivo explica cómo se consultan las notificaciones dentro del sistema (haga clic aquí para descargar el instructivo).
¿Qué es el aviso de cortesía?
Es el mail que se envía automáticamente a la dirección de correo electrónico que denuncia el agobado, en el que se les informará que han recibido una notificación electrónica. Este mail no constituye la notificación sino que es un aviso de cortesía. (Acordada Nº 12080)