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Honorarios para Abogados y Procuradores

A través de la Ley 8035, de octubre de 2017, quedaron establecidos los aranceles y honorarios de Abogados y Procuradores de Salta.

En este sentido, el texto establece la denominación de “ius” a la unidad arancelaria de honorarios profesionales, cuyo valor asciende al 1% neto del sueldo del Juez de 1era. Instancia con una antigüedad de 8 años. El Colegio de Abogados y Procuradores de Salta es el que mediante resolución de Consejo Directivo informa mensualmente el valor del “ius”, estableciéndose el mismo, a partir del 1 de marzo de 2023, en la suma de $9266 (Pesos nueve mil doscientos sesenta y seis).

El ciudadano/justiciable para conocer el monto que deberá abonar por honorarios a su abogado, deberá multiplicar el monto informado por el Colegio de Abogados como "ius" por la cantidad de unidades establecidas en la Ley 8035 para cada proceso, lo que le permitirá conocer de antemano un estimativo de lo que le saldrá el juicio.

A modo de ejemplo, los honorarios mínimos en asuntos judiciales no susceptibles de apreciación pecuniaria, tendrán, según la ley, la siguiente estimación:

Fuero de Familia: 18 "ius"
Fuero Penal: 27 "ius"
Fuero Administrativo: 23 "ius"
Fuero Civil y Comercial: 20 "ius"
Fuero de Minas y en lo Comercial de Registro: 17 "ius"
Fuero de Concursos, Quiebras y Sociedades: 17 "ius"
Fuero Laboral: 18 "ius"
Fuero de Procesos Ejecutivos: 15 "ius"

En los procesos judiciales con bases económicas o susceptibles de apreciación pecuniaria, los honorarios del Abogado por su actuación en primera o en única instancia, será determinado en un veinte por ciento (20 %) del monto del juicio.

En los juicios sucesorios: se tomará como base regulatoria el valor real y actual del patrimonio que se transmitiere. Los honorarios serán calculados en un quince por ciento (15 %) de dicho monto.

En los juicios por alimentos, el monto por honorarios profesionales será equivalente a (2) dos cuotas alimentarias que se fije por sentencia.

En lo que respecta a los honorarios mínimos por labor extrajudicial, se estableció:

Consultas verbales: 4 “ius”
Consultas evacuadas por escrito: 7 “ius”
Informes o compulsas de actuaciones judiciales o administrativas: 5 “ius”
Redacción de contratos de locación, documentos relacionados con inmuebles, contratos o estatutos de sociedades, constitución de personas jurídicas, etc.: 10 “ius”

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Ley Provincial 8035