Destrucción de Expedientes 2024-1
Nómina de expedientes viejos a destruir (Acordada 10743)
La Corte de Justicia ordenó la publicación del listado de expedientes archivados en condiciones de ser destruidos por haber superado el plazo legal de permanencia, durante tres días en el Boletín Oficial y en un diario de mayor difusión, para que quienes hubieran sido parte en esos procesos judiciales o sean titulares de un interés legítimo, a través de sus representantes soliciten, en el plazo de hasta diez (10) días hábiles posteriores a la publicación, el recupero de documentos propios o la obtención de testimonio o certificación que hicieren a su derecho o su conservación (punto 2 Anexo I de la Acordada 10743).
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