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Rechazaron un juicio abreviado por constituir un hecho de violencia de género 

Rechazaron un juicio abreviado por constituir un hecho de violencia de género 

Fiscal y defensa, con el consentimiento del imputado, presentaron un acuerdo de juicio abreviado en el marco de la causa que se sigue contra el joven por el delito de desobediencia judicial. 

La causa inició por la denuncia de su abuela. La mujer contó que, pese a la prohibición de acercamiento que pesa en su contra, el día 10 de julio de este año el joven ingresó al domicilio de la víctima, y en ese momento llegó personal policial que realizaba la consigna en el lugar, que procedieron a la demora de su nieto. 

En el acuerdo de juicio abreviado, las partes solicitaron la imposición de pena de un mes de prisión de ejecución efectiva para el acusado, que asumía su responsabilidad penal por el delito de desobediencia judicial.

A la hora de resolver la presentación, la jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, dijo que resulta evidente el contexto de violencia de género en el que se enmarcan los hechos por los que viene acusado el joven, de 20 años, de los que sería víctima su abuela de 68 años. Agregó que por ello debe aplicarse al caso lo establecido en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Para).

Además de ello, dijo que las partes pretenden omitir la instancia de ofrecimiento y producción de prueba, y luego el plenario oral y público en el que se ventilen los hechos por los que es investigado el joven, en perjuicio de una mujer, su abuela, a quién además le debe respeto particular, sobre todo teniendo en cuenta que el acusado tiene dos condenas anteriores por diversos y similares hechos en perjuicio de la misma víctima, de lo que se puede apreciar el contexto de extrema vulnerabilidad en el que se encuentra. 

Es por ello que la solicitud de juicio abreviado inicial no resulta ajustada a derecho, y por ende no corresponde su homologación. En ese sentido, la jueza agregó que resulta imprescindible un mejor conocimiento de los hechos.     

La jueza ordenó la destrucción del incidente de juicio abreviado inicial, y la prosecución del trámite procesal correspondiente, teniendo en cuenta sobre todo que la fiscalía ya presentó su requerimiento de remisión de la causa a juicio.

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