En un juicio abreviado acordado en el marco de una audiencia flexible y multipropósito del Plan Piloto de Oralidad, un hombre de 64 años resultó condenado a tres años de prisión condicional como autor del delito de abuso sexual simple (dos hechos), en concurso real.
La jueza Mónica Mukdsi, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, le fijó al condenado reglas de conducta que deberá cumplir durante tres años: fijar residencia y comunicar cualquier cambio; prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la víctima, la denunciante, su grupo familiar, su domicilio, institución educativa donde asista y lugares de concurrencia habitual; prohibición de contactarse con ellas por cualquier medio; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento psicológico previo informe de un profesional que acredite su necesidad y eficacia y presentar las constancias de su realización; prohibición de cometer nuevo delito. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta. También se ordenó la inscripción del imputado en el Banco de Datos Genéticos.
El imputado fue denunciado por la madre de la víctima (8 años al momento de los hechos). Indicó que el sujeto era pareja de la hermana de la abuela de la menor.
Relató que el transcurso del año 2013, en una fecha imprecisa, la niña concurrió a la casa de su abuela en barrio Castañares. Allí se encontraba el acusado. Cuando la niña se encontraba en la habitación del fondo, él ingresó y la tocó en sus partes íntimas. Esto ocurrió en dos oportunidades.