Un hombre de 45 años resultó absuelto lisa y llanamente de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores agravada por los que había llegado acusado a juicio. El tribunal, conformado por los jueces Francisco Mascarello, Mónica Faber y María Victoria Montoya Quiroga, dispuso la inmediata libertad del sujeto –gendarme retirado- y el cese de las medidas de coerción que se le habían dictado.
Durante los alegatos finales, la fiscal cambió la acusación originaria. Retiró la corrupción de menores y redujo los abusos gravemente ultrajantes a dos hechos de tocamientos impúdicos. Solicitó que se declare al imputado responsable del delito de abuso sexual simple (dos hechos).
El nuevo Código Procesal Penal de Salta establece que, durante los alegatos finales, la parte acusadora debe exponer ante los jueces sus conclusiones definitivas, valorando la prueba y analizando los hechos y el derecho aplicable. Puede solicitar la absolución o la declaración de responsabilidad del imputado en relación al delito endilgado, sin requerir monto de pena. En caso de declaración de responsabilidad, la mensura de la condena es decidida por el tribunal en una audiencia posterior denominada de cesura.
Luego de los alegatos de las partes, el tribunal pasó a deliberar y decidió unánimemente absolver lisa y llanamente al acusado. En el mismo instante de enunciar el fallo, la jueza María Victoria Montoya Quiroga expuso oralmente los fundamentos de la absolución. Ello, con el fin de consolidar el sistema acusatorio basado en la oralidad plena, la transparencia y la inmediatez.
En su fallo, los jueces ordenaron remitir a fiscalía copias de la declaración de una testigo, por la presunta comisión del delito de falso testimonio.
El sujeto había sido denunciado por su prima, madre de la menor.
En representación del Ministerio Público intervino Celina Morales Torino. La defensa estuvo a cargo de José Ricardo Belbruno y Luis Fernando Díaz Zabalaga. En la audiencia intervino la Asesora de Incapaces 8, Mariana Laconi.