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Inspección ocular en el vertedero por un amparo colectivo ambiental

Inspección ocular en el vertedero por un amparo colectivo ambiental

En el proceso en el que tramita el amparo ambiental colectivo caratulado “Franco, Jorgelina del Carmen c/ Agrotecnica Fueguina SACYF; Municipalidad de la Ciudad de Salta; Provincia de Salta - Amparo colectivo” (Expte. Nº 798403/22), en la inspección ocular llevada a cabo en el vertedero de residuos sólidos urbanos (RSU) de la ciudad de Salta el 4 de julio del corriente año, se constató que los recuperadores urbanos se encontraban realizando sus tareas sin los elementos de seguridad y con una proximidad a las máquinas de compactación y cobertura de residuos que evidenciaban riesgo para la salud y la vida de las personas que desempeñan dicha tarea.  

En razón de ello, en el mismo acto se requirieron informes al Municipio demandado y, una vez evacuados, se intimó a las demandadas a proveer los elementos de seguridad y a cumplir con las medidas previstas para la operación de la maquinaria en el Módulo IV del relleno.
La Municipalidad informó que se encuentra en trámite la compra de chalecos, guantes y calzado de trabajo para las cooperativas autorizadas, mientras que a la concesionaria Agrotécnica Fueguina se le ordenó implementar en un plazo de cinco días un esquema de trabajo que evite la proximidad de los recuperadores con la maquinaria de compactación y cobertura de residuos. 

La inspección ocular se realizó con el objeto de avanzar con la producción de la prueba de consulta científica que se encuentra a cargo de un equipo interdisciplinario de profesionales del CONICET. Las modalidades de esta prueba fueron acordadas por las partes con la intervención del Ministerio Público Fiscal, a través de acuerdos procesales celebrados en el marco de audiencias en las que han participado y colaborado las partes intervinientes, con el fin de consensuar un método idóneo y transparente de obtención de pruebas  relevantes para el objeto de la causa.

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