En el salón auditorio de la Ciudad Judicial se realizó el viernes un acto en homenaje a Ramón Alberto Catalano.
Catalano fue Fiscal Judicial en lo Penal desde diciembre de 1958 a febrero de 1962, juez Correccional de febrero a junio de 1962, juez de la Cámara Segunda en lo Criminal entre junio de 1962 a abril de 1976, función en la que cesó durante la Dictadura Militar y que retomó en febrero de 1984 y se extendió hasta diciembre de 1990. En diciembre de 1993 fue designado Fiscal ante la Corte Nº 1, cargo que ejerció hasta abril de 1996, cuando fue designado Procurador General de la Provincia, función que desempeñó hasta abril de 2002.
El acto de homenaje fue organizado por el Procurador General de la Provincia Abel Cornejo. Participaron el presidente de la Corte de Justicia Guillermo Catalano, el vicepresidente Ernesto Samsón, el vicepresidente segundo Fabián Vittar y las juezas de Corte Sandra Bonari y Teresa Ovejero y el juez de Corte Pablo López Viñals. Estuvieron presentes el presidente de la Cámara de Diputados Santiago Godoy y el Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, Marcelo López Arias. Tambien la presidenta de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, Mariana Catalano.
Ramón Alberto Catalano, quien tiene actualmente 88 años de edad, desgranó anécdotas de sus inicios en la Justicia cuando los Tribunales funcionaban en el actual edificio de la Legislatura Provincial en Mitre 550.
Ramón Alberto Catalano fue uno de los redactores del Código Procesal Penal de la Provincia sancionado en 1961. Los redactores de aquel Código Procesal Penal fueron Reynaldo Flores, Francisco Benedicto, Carlos Douthat, José Armando Catalano y Ramón Alberto Catalano, designados por decreto 12814/60 del Poder Ejecutivo.
El 15 de marzo de 1962 en el Juzgado Correccional 1, que por ese entonces funcionaba en el edificio de Mitre 550, actual Legislatura Provincial, se realizó el primer juicio oral y público en la Justicia salteña. Aquel juicio fue el producto de la aplicación del Código Procesal Penal que había sido sancionado por ley 3645 de 1961 y que reemplazó al Código de Procedimientos en Materia Criminal que estaba vigente desde 1908.
El juicio oral, público, contradictorio y continuo fue la principal modificación de aquel texto y cambió sustancialmente el proceso que hasta ese momento era fundamentalmente escrito.