Dos sujetos fueron condenados en un juicio abreviado por maniobras fraudulentas realizadas con una tarjeta de crédito internacional que no les pertenecía. Los acusados contaban con los datos necesarios y realizaron operaciones off line por grandes sumas de dinero.
La jueza Paola Marocco, vocal de la Sala VII del Tribunal de Juicio, condenó a uno de las acusados – 34 años de edad, empleado de un estudio jurídico- a la pena de tres años de prisión condicional por resultar coautor del delito de defraudación mediante tarjeta de crédito, débito o compra (seis hechos), en concurso real.
Por el mismo delito, el segundo imputado – 38 años de edad, empleado en una inmobiliaria- fue condenado en calidad de coautor a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional.
Ambos sujetos permanecerán en libertad por la modalidad de la condena impuesta y deberán cumplir reglas de conducta durante tres años. Entre otras obligaciones, la jueza les ordenó abstenerse de acercarse al damnificado y de ejercer actos de violencia física o psíquica en su perjuicio; abstenerse de concurrir a sus locales comerciales y de comunicarse por cualquier medio; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de las bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento psicológico previa acreditación de su necesidad y eficacia por parte de un profesional; realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de una institución de bien público fuera de sus horarios habituales de trabajo, por cuatro horas semanales y durante el término de seis meses.
Todo ello con estricto apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento injustificado.
La jueza declaró la nulidad absoluta de las transmisiones nominales y de las respectivas inscripciones registrales de dos camionetas Volkswagen Modelo Amarok por resultar el producto y la ganancia obtenida por la perpetración de un delito de defraudación. Ordenó también el levantamiento de la medida cautelar de no innovar inscripta respecto de las dos camionetas en cuestión, y que se restablezca la situación dominial de ambos vehículos al estado anterior a las inscripciones registrales declaradas de nulidad absoluta. Dispuso la restitución y entrega definitiva de los dos vehículos a favor de la concesionaria damnificada.
Finalmente, la jueza homologó el acuerdo económico de reparación del daño al damnificado (concesionaria) por parte de los imputados consistente en el pago de la suma de 5 millones de pesos cada uno.
La investigación de la Fiscalía de Delitos Económicos se inició a partir de una denuncia del jefe de la Unidad de Análisis de Fraudes de Prisma Medios de Pago S.A., informando que se había detectado desde esa área una maniobra de fraude por el monto aproximado de 58 millones de pesos, realizado a través de la modalidad “off line”.
La denuncia especificaba que la maniobra se había ejecutado mediante la manipulación manual de los números de una tarjeta de crédito de la firma Mastercard. Es decir que la tarjeta no había sido clonada, sino que los datos habían sido “tipiados” e ingresados en las terminales de cinco comercios cuando estas se encontraban fuera de línea. Cuatro de ellos tenían domicilio comercial en la provincia de Salta y uno, en Tucumán.
En una de las maniobras, los imputados se presentaron en una concesionaria y realizaron una operación fraudulenta para la compra de dos camionetas marca Volkswagen modelo Amarok.
En otra firma ejecutaron una maniobra similar planteando la posibilidad de comprar mediante tarjeta de crédito internacional una camioneta Dodge Ram, un Jeep Grand Cherokee y un Mercedes Benz c200.
Otro de los damnificados, propietario de dos restaurantes ofrecidos para la venta, denunció que uno de los acusados se presentó con la intención de comprarlos y realizó la operación de pago con una tarjeta de crédito internacional. Como el dinero no se le acreditó, el damnificado trató de comunicarse con el acusado pero el número le daba apagado y en el domicilio que le había aportado no existían moradores.