La jueza Gabriela Romero Nayar, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó a S. B. Z. (74) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y responsable del delito de abuso sexual agravado por el vínculo.
La jueza le impuso al condenado el cumplimiento de las siguientes condiciones por el lapso de dos años: mantener actualizado el domicilio y comunicar cualquier cambio dentro de las 48 horas de producido; abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; prohibición de acercamiento a la víctima a una distancia menor de 300 metros; realizar tratamiento psicológico para controlar sus impulsos y la ingesta de alcohol; someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados de Salta. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento y de ordenarse su detención.
Finalmente, la jueza ordenó que el condenado sea examinado por un médico del Poder Judicial para la obtención de sus señas particulares y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN, previa asignación del DUIG correspondiente, para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.
El imputado es abuelo de la víctima. La denuncia fue presentada por la madre de la niña, luego de que la menor le contara que le dolía la vagina porque el abuelo la había tocado.
El imputado se encontraba residiendo en ese momento con su esposa en casa de su hijo, por razones de salud.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.