Un sujeto de 42 años fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple calificado por la convivencia preexistente en perjuicio de su hijastra.
J. A. R. resultó condenado en un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala IV del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Norma Beatriz Vera.
Los abusos salieron a la luz cuando la menor de 13 años le contó a una compañera del colegio lo que su padrastro le hacía cuando se quedaban solos en la casa. A su vez, la amiga de la damnificada se lo comentó a su mamá y esta, a la directora.
El condenado deberá cumplir durante tres años una serie de reglas de conducta para conservar la modalidad de la pena dictada: fijar domicilio y mantenerlo actualizado; someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico previa indicación de profesional que aconseje sobre su necesidad y conveniencia, y presentar las constancias que acrediten el cumplimiento de la terapia indicada; mantenerse alejado de la víctima, de su domicilio y sitios que ella frecuente; abstenerse de mantener contacto con la damnificada por cualquier medio.
La jueza ordenó que se le realice al condenado un examen genético (ADN) para su incorporación al Banco de Datos Genéticos, previa asignación del DUIG por el Registro provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.