menu

En una causa por estafa disponen medidas sustitutivas para dos imputados

En una causa por estafa disponen medidas sustitutivas para dos imputados

El juez de la Sala III del Tribunal de Impugnación Eduardo Barrionuevo hizo lugar a un recurso de apelación revocando el arresto domiciliario de los imputados M.N.A. y G.I.A.R., imputados ambos estafa y defraudación. 

Al revocar el arresto domiciliario que fuera dispuesto por el Juzgado de Garantías de Quinta Nominación, el juez Barrionuevo impuso a los imputados las siguientes medidas sustitutivas: a) obligación de presentarse todos los días lunes o día hábil siguiente al Juzgado de Garantías; b) obligación de residir en el domicilio denunciado y no ausentarse del mismo sin autorización judicial, así como prohibición de salir del departamento Salta Capital sin autorización previa del Juzgado de Garantías; c) prohibición de contactarse por medio alguno con los denunciantes y/o testigos, así como la de apersonarse a sus domicilios, lugares de trabajo o de concurrencia habitual de los mismos; d) retención de los pasaportes con libramiento de oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas para la toma de razón del secuestro de los mismos y la imposibilidad de otorgamiento de duplicados o nuevos ejemplares, todo  ello bajo apercibimiento de revocación de lo aquí dispuesto  para el caso de incumplimiento injustificado.

Contra ambos imputados se había dictado orden de detención y captura la que fue levantada “al sólo efecto de formalizar la audiencia de imputación”. Recordó el juez que “no existe declaración por parte de los imputados que permita analizar la hipótesis desde su perspectiva” y “que la existencia de una denuncia por sí no permite tener por cierto ninguna hipótesis. La imputación penal requiere de una decisión del Ministerio Público Fiscal a través de la citación a audiencia de imputación. Es allí donde le Ministerio Fiscal establece que existen elementos para tener por probable una determinada hipótesis”. 

Señaló el juez además que los imputados no tienen otras causas o antecedentes que permitan afirmar el peligro de fuga, a lo que se suma el secuestro de sus pasaportes dispuesto oportunamente. Cuando se resolvió el arresto domiciliario no se contaba con los informes de antecedentes respectivos.

Enlaces de Interes - grande

pie pagina web grande

Distrito Centro - Capital

Av. Bolivia 4671 - CP:4408
Tel:(0387) 425-8000
e-mail:prensaju@justiciasalta.gov.ar

Distrito Centro - Sede Cafayate

Vicario Toscano 276 - CP:4427
Tel:(03868) 421-407
e-mail: cmultifuero@justiciasalta.gov.ar

Distrito Orán

Egües y Lamadrid - CP:4530
Tel:(03878) 421-913/421-312/421-217
e-mail:oadmins@justiciasalta.gov.ar

Distrito Tartagal

Av. Mosconi 1461 - CP:4560
Tel:(03873) 420-400
e-mail: tadmins@justiciasalta.gov.ar

Distrito Sur - Metán

Mitre Oeste 30 - CP:4440
Tel:(03876) 424-800
e-mail: madmins@justiciasalta.gov.ar

Distrito Sur - Anta

Mariano Moreno 434 (Joaquín V. González) - CP:4448
Tel:(03877) 422-991
e-mail: gcfl1sec3@justiciasalta.gov.ar